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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Martes, 6 de octubre de 2020 Pág. 38578

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

EDICTO (PO 338/2020).

PO. Procedimiento ordinario 338/2020

Procedimiento de origen: sobre ordinario

Demandante: María Luisa Bouzas Junquera

Abogado: Carlos Cobián Casal

Demandados: Copesdel S.L., Fogasa

Abogado/a: letrado/a de Fogasa

Yo, Blanca Susana Janeiro Amela, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hago saber que mediante resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de María Luisa Bouzas Junquera contra Copesdel, S.L. y Fogasa, en reclamación por ordinario, registrado con el número de procedimiento ordinario 338/2020, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley reguladora de la jurisdicción social, citar a Copesdel, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 18 de mayo de 2021, a las 10.55 y 11.00 horas, en la planta 1, sala 15, Edificio en la calle Hortas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, al objeto de que, trasladada tal intención a la actora, pueda esta estar representada técnicamente por graduado social colegiado o representada por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Para que sirva de citación a Copesdel, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

Pontevedra, 14 de septiembre de 2020

La letrada de la Administración de justicia