La Orden de 18 de junio de 2020 regula la convocatoria y la concesión de subvenciones a las entidades locales de Galicia para la promoción del uso de la lengua gallega (DOG núm. 141, de 16 de julio).
Después de ver los informes-propuesta formulados por la comisión constituida al amparo del artículo 16 de la convocatoria y por el órgano instructor que recoge el artículo 14, y en virtud de las facultades que me confiere la Orden de 21 de marzo de 2019 y la disposición adicional segunda del Decreto 130/2020 de 17 de septiembre, de delegación de competencias en los órganos superiores y de dirección de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad, esta secretaría general
RESUELVE:
Primero. La concesión de ayudas, en la cuantía que se indica, a los proyectos relacionados en el anexo. En esta relación se incluyen las propuestas que no se subvencionan por los motivos que aparecen bajo el epígrafe correspondiente, de acuerdo con los criterios establecidos en la Orden de 18 de junio de 2020.
Segundo. De conformidad con el artículo 4.2.b de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno de la Comunidad Autónoma de Galicia y con lo previsto en el Decreto 132/2006, de 27 de julio, por el que se regulan los registros públicos creados en los artículos 44 y 45 de la Ley 7/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2006, la secretaría general hará públicos los datos relevantes referidos a las ayudas y subvenciones concedidas, así como las sanciones impuestas a los beneficiarios.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Secretaría General de Política Lingüística, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, quien resolverá por delegación del conselleiro de Cultura, Educación y Universidad, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 18 de junio de 2020, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Santiago de Compostela, 1 de octubre de 2020
Valentín García Gómez
Secretario general de Política Lingüística
ANEXO
Número de expediente |
Entidad |
Importe |
Motivo de la denegación |
2020/0001 |
Ayuntamiento de Dumbría |
- |
Artículo 1 de la convocatoria |
2020/0002 |
Ayuntamiento de Ourense |
3.778,10 € |
|
2020/0003 |
Mancomunidad de municipios de la Comarca de Ordes |
4.254,80 € |
|
2020/0004 |
Ayuntamiento de Cambre |
1.574,20 € |
|
2020/0005 |
Ayuntamiento de Culleredo |
2.203,90 € |
|
2020/0006 |
Vive Nigrán, S.L. |
- |
Artículo 3 de la convocatoria |
2020/0007 |
Ayuntamiento de Moaña |
3.193,40 € |
|
2020/0008 |
Ayuntamiento de Redondela |
2.713,00 € |
|
2020/0009 |
Ayuntamiento de Narón |
3.058,40 € |
|
2020/0010 |
Ayuntamiento de Muros |
2.383,80 € |
|
2020/0011 |
Ayuntamiento de O Carballiño |
3.013,50 € |
|
2020/0012 |
Ayuntamiento de Valga |
2.833,60 € |
|
2020/0013 |
Ayuntamiento de Ponteceso |
2.473,70 € |
|
2020/0014 |
Ayuntamiento de Melide |
2.292,00 € |
|
2020/0015 |
Ayuntamiento de O Grove |
3.778,10 € |
|
2020/0016 |
Ayuntamiento de Abegondo |
2.698,60 € |
|
2020/0017 |
Ayuntamiento de Betanzos |
2.923,50 € |
|
2020/0018 |
Ayuntamiento de Santa Comba |
2.653,60 € |
|
2020/0019 |
Agrupamiento de los ayuntamiento de A Baña y Negreira |
3.830,40 € |
|
2020/0020 |
Ayuntamiento de Ponteareas |
3.227,60 € |
|
2020/0021 |
Ayuntamiento de Arzúa |
2.743,60 € |
|
2020/0022 |
Ayuntamiento de Oleiros |
3.328,00 € |
|
2020/0023 |
Ayuntamiento de Vigo |
2.788,60 € |
|
2020/0024 |
Ayuntamiento de Outes |
3.134,00 € |
|
2020/0025 |
Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez |
1.619,20 € |
|
2020/0026 |
Ayuntamiento de Ames |
3.508,20 € |
|
2020/0027 |
Ayuntamiento de A Pobra do Caramiñal |
- |
Artículo 4 de la convocatoria. Artículo 10.1 del Decreto 11/2009 del Reglamento de subvenciones de Galicia |
2020/0028 |
Ayuntamiento de Boiro |
2.653,60 € |
|
2020/0029 |
Ayuntamiento de Ribeira |
2.788,60 € |
|
2020/0030 |
Ayuntamiento de Miño |
2.563,70 € |
|
2020/0031 |
Ayuntamiento de A Coruña |
3.193,40 € |
|
2020/0032 |
Ayuntamiento de Rianxo |
2.572,70 € |
|
2020/0033 |
Ayuntamiento de Ferrol |
3.643,10 € |
|
2020/0034 |
Agrupamiento de los ayuntamientos de Carnota y Mazaricos |
2.911,40 € |
|
2020/0035 |
Ayuntamiento de Teo |
3.227,60 € |
|
2020/0036 |
Agrupamiento de los ayuntamientos de Rois y Dodro |
3.696,50 € |
|
2020/0037 |
Ayuntamiento de Vilalba |
2.743,60 € |