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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Lunes, 2 de noviembre de 2020 Pág. 43554

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

EXTRACTO de la Orden de 22 de octubre de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia para la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo para el curso 2020/21 (código de procedimiento ED301I).

BDNS (Identif.): 530369.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

Los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia. Los centros con unidades concertadas de educación especial únicamente podrán optar a las ayudas para la finalidad prevista en el artículo 11.2 de la orden. Quedan excluidos, de estas ayudas, los centros concertados específicos de educación especial.

Segundo. Objeto

Las ayudas tienen como objeto atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en las correspondientes unidades concertadas, entendiendo por este aquel alumnado que requiera determinados apoyos y atenciones específicas derivadas de discapacidad motora, sensorial, intelectual o trastornos generalizados del desarrollo y de la conducta, en aquellos aspectos que no estén ya cubiertos por el concierto educativo, a lo largo del curso escolar 2020/21.

Las ayudas podrán emplearse para los fines de contratación de personal complementario, reparaciones, mantenimiento y obras o instalaciones menores de cuantía no superior al 15 por ciento de la ayuda, compra de material específico ordinario no inventariable y adquisición de material específico inventariable.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 22 de octubre de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Galicia para la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo para el curso 2020/21 (código de procedimiento ED301I).

Cuarto. Importe

Las ayudas económicas para los niveles de educación infantil, de primaria y de educación secundaria obligatoria se tramitarán con cargo a la partida presupuestaria 10.30.422A.482.3, por una cuantía total máxima de 95.845 euros para el período septiembre-diciembre del año 2020 y de 191.689 euros para el período enero-junio de 2021.

Para el nivel de formación profesional, incluida la formación profesional básica, se tramitarán con cargo a la aplicación presupuestaria 10.30.422M.482.3, por una cuantía total máxima de 4.155 euros para el período septiembre-diciembre del año 2020 y de 8.311 euros para el período enero-junio de 2021.

Ambas partidas irán destinadas a:

– Contratación de personal complementario: logopeda, fisioterapeuta, ayudante/a técnico/a educativo/a, psicólogo/a, pedagogo/a, trabajador/a social, educador/a social, intérprete de la lengua de signos y cuidador/a.

– Reparaciones, mantenimiento y obras o instalaciones menores, de cuantía no superior al 15 por ciento de la ayuda.

– Compra de material específico ordinario no inventariable.

La adquisición de material inventariable específico para la atención del alumnado con necesidades de apoyo educativo se tramitará con cargo a las partidas presupuestarias:

– 10.30.422A.780.0, para los niveles de educación infantil, de primaria, y de educación secundaria obligatoria, por una cuantía total máxima de 19.169 euros para el período septiembre-diciembre del año 2020 y de 38.338 euros para el período enero-junio de 2021.

– 10.30.422M.780.0, para el nivel de formación profesional, incluida la formación profesional básica, una cuantía total máxima de 831 euros para el período septiembre-diciembre del año 2020 y de 1.662 euros para el período enero-junio de 2021.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 22 de octubre de 2020

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Universidad