Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 225 Viernes, 6 de noviembre de 2020 Pág. 44385

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

ANUNCIO de 21 de octubre de 2020 por el que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística OUR/84/2018-RP1.

El subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en sustitución del director de la Agencia, dictó, el 12 de agosto de 2020, resolución en la que se declara que las obras ejecutadas en suelo rústico, consistentes en la ejecución de una vivienda en las parcelas 51, 52, 53, 55, 57 y 94 del polígono 30, en el lugar de Vilanova, Ribela (San Xillao), en el término municipal de Coles, provincia de Ourense, no son legalizables por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Eugenio Martín Quiñoá Rodríguez (en calidad de heredero de José Antonio Quiñoá Díaz), mediante este anuncio, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo este anuncio.

Santiago de Compostela, 21 de octubre de 2020

Jacobo Hortas García
Director de la Agencia de Protección
de la Legalidad Urbanística