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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 227 Martes, 10 de noviembre de 2020 Pág. 44676

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2020 por la que se autoriza la transmisión inter vivos de las concesiones administrativas y de las bateas Ansuiña II, Dena I, Dovalo y Sol I.

Vistos los expedientes instruidos a efectos de transmisión de las bateas Ansuiña II, Dena I, Dovalo y Sol I y de las concesiones administrativas que las amparan, resulta:

a) Antecedentes:

Mediante escritos de 13 de octubre de 2020, Antón Fernández Lamela (***3550**), en representación de Mariscos Antón Fernández, S.L. (B70451018), solicitó autorización para la transmisión de las concesiones administrativas y de las bateas Ansuiña II, Dena I, Dovalo y Sol I.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primera. Este órgano es competente para resolver los expedientes de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre, y con la Orden de 8 de septiembre de 2017 de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica da la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.

Segunda. Los expedientes siguieron todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de Proameixa Fernández, S.L. (B70015821), de las concesiones que se indican a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Ansuiña II.

Situación:

Cuadrícula nº: 55.

Polígono: F.

Distrito: O Grove (Pontevedra).

Especies autorizadas: ostra plana (Ostrea edulis), vieira (Pecten maximus) y zamburiña (Chlamys varia).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 18.3.1964.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Dena I.

Situación:

Cuadrícula nº: 41.

Polígono: F.

Distrito: O Grove (Pontevedra).

Especie autorizada: ostra plana (Ostrea edulis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 7.6.1979.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Dovalo.

Situación:

Cuadrícula nº: -.

Polígono: F.

Distrito: O Grove (Pontevedra).

Especie autorizada: ostra plana (Ostrea edulis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 31.1.1968.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Sol I.

Situación:

Cuadrícula nº: 32.

Polígono: F.

Distrito: O Grove (Pontevedra).

Especie autorizada: ostra plana (Ostrea edulis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 16.3.1977.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actual titular: Mariscos Antón Fernández, S.L. (B70451018).

Nueva titular: Proameixa Fernández, S.L. (B70015821).

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. La actual titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia cotejada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segunda. Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.

Tercera. La nueva titular de las concesiones queda subrogada en los derechos y obligaciones de la anterior desde el momento de formalización de la compraventa en escritura pública.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un (1) mes, ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos (2) meses, contados en ambos casos desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 15 de octubre de 2020

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 8.9.2017)
Sonia Lorenzo Santos
Jefa territorial de Vigo