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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Martes, 17 de noviembre de 2020 Pág. 45369

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se aprueba la rectificación de un error material detectado en la actualización del Plan básico autonómico de Galicia.

I. Antecedentes.

1. El Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión de 26 de julio de 2018, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 50.8 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y 102.8 del Reglamento de dicha ley, aprobado por el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, acordó aprobar definitivamente el Plan básico autonómico de Galicia, integrado por los siguientes documentos:

a) Memoria justificativa de sus fines, objetivos y determinaciones.

b) Planos de delimitación de los ámbitos de aplicación de los instrumentos de ordenación del territorio.

c) Planos de delimitación de las afecciones sectoriales.

d) Plano de identificación de los asentamientos de población.

e) Ordenanzas tipo de edificación y uso del suelo.

f) Catálogo.

2. El Decreto 83/2018, de 26 de julio, por el que se aprueba el Plan básico autonómico de Galicia, fue publicado en el DOG núm. 162, de 27 de agosto, así como en los cuatro boletines oficiales provinciales, en fecha de 28 de septiembre (BOP de A Coruña núm. 186, de 28 de septiembre; BOP de Lugo núm. 224, de 28 septiembre; BOP de Ourense núm. 224, de 28 septiembre, y BOP de Pontevedra núm. 188, de 28 septiembre).

3. La directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo, mediante Resolución de 25 de mayo de 2020, aprobó la actualización del Plan básico autonómico de Galicia con el contenido señalado en el apartado III y el anexo de dicha resolución, que fue publicada en el DOG núm. 116, de 15 de junio.

4. Se detectó un error en los planos incorporados en dicha actualización del Plan básico autonómico, consistente en la ausencia en los planos de costa en formato PDF de la línea de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, la cual debe figurar por delimitar una de las afecciones derivadas de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas. Dicha línea sí constaba en los planos de aprobación del Plan básico autonómico.

II. Fundamentos de derecho.

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.4 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia; en el artículo 9 del Decreto 83/2018, de 26 de julio, por el que se aprueba el Plan básico autonómico de Galicia, y en el artículo 13 del Decreto 42/2019, de 28 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda, en relación con el Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia, modificado parcialmente por el Decreto 106/2018, de 4 de octubre, la competencia para la actualización del Plan básico autonómico corresponde a la persona titular de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo; en consecuencia, le corresponde la corrección de los errores detectados en los actos administrativos dictados al amparo de dicha competencia.

2. El artículo 109 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en su apartado segundo, establece: «Las administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o la instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos». La doctrina y la jurisprudencia concluyen que la rectificación basada en este artículo procede únicamente en los casos en que el acto administrativo revele una equivocación evidente por sí misma y manifiesta en el contenido del acto y que se aprecie teniendo cuenta, exclusivamente, los datos y documentos del expediente administrativo, extremo este que concurre en el presente supuesto.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Aprobar la rectificación del error detectado en los planos que recogen territorio de costa incorporados en la actualización del Plan básico autonómico de Galicia aprobada mediante la Resolución de la directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 25 de mayo de 2020, en los términos señalados en el número 4 del apartado I de esta resolución.

Segundo. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 83/2018, de 26 de julio, por el que se aprueba el Plan básico autonómico de Galicia.

Tercero. De conformidad con el artículo 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y los artículos 212.1 y 213 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo inscribirá de oficio la rectificación del error detectado en la actualización del Plan básico autonómico de Galicia en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia.

Cuarto. Contra esta resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos (2) meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 2020

Mª Encarnación Rivas Díaz
Directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo