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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 245 Viernes, 4 de diciembre de 2020 Pág. 47987

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por la que se publica la Resolución de 30 de noviembre de 2020 de los Premios Galicia de Acción Voluntaria, al amparo de la Orden de 9 de septiembre de 2020 por la que se regula el procedimiento de concesión de los Premios Galicia de Acción Voluntaria 2020 y se convocan para el año 2020 (código de procedimiento BS508D).

El 21 de septiembre de 2020, se publica en el Diario Oficial de Galicia número 191, la Orden de 9 de septiembre de 2020 por la que se regula el procedimiento de concesión de los Premios Galicia de Acción Voluntaria 2020 y se convocan para el año 2020 (código de procedimiento BS508D).

De conformidad con el artículo 15 de la citada orden, el órgano competente para resolver será la persona titular de la dirección general competente en materia de voluntariado, por delegación de la persona titular de la Consellería de Política Social.

Asimismo, el artículo 19 de la orden de convocatoria establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos administrativos y las correspondientes resoluciones de este procedimiento y que esta publicación surtirá los efectos de notificación.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 30 de noviembre de 2020, dictada en el procedimiento BS508D, de los Premios Galicia de Acción Voluntaria, al amparo de la Orden de 9 de septiembre de 2020 por la que se regula el procedimiento de concesión de los Premios Galicia de Acción Voluntaria 2020 y se convocan para el año 2020.

Segundo. Comunicar que la Resolución de 30 de noviembre de 2020, que finaliza este procedimiento, agota la vía administrativa y contra ella puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación a través de esta publicación en el Diario Oficial de Galicia.

No obstante, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, a través de esta publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 1 de diciembre de 2020

Cristina Pichel Toimil
Directora general de Juventud, Participación y Voluntariado

ANEXO

Resolución de los Premios Galicia de Acción Voluntaria, dictada en el procedimiento BS508D, al amparo de la Orden de 9 de septiembre de 2020
por la que se regula el procedimiento de concesión de los Premios Galicia
de Acción Voluntaria 2020 y se convocan para el año 2020

La Orden de la Consellería de Política Social, de 9 de septiembre de 2020, por la que se regula el procedimiento de concesión de los Premios Galicia Acción Voluntaria 2020 y se convocan para el año 2020 (DOG núm. 191, de 21 de septiembre), establece las bases reguladoras por las que rige la concesión de los indicados Premios Galicia de Acción Voluntaria.

El artículo 2 de la orden señala que los Premios Galicia de Acción Voluntaria constan de 3 modalidades:

a) Premio voluntaria/o del año: modalidad individual, para las personas físicas.

b) Premio entidad de acción voluntaria del año: modalidad colectiva, para las entidades de acción voluntaria inscritas en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia.

c) Premio mejor proyecto de acción voluntaria del año: modalidad para proyectos elaborados por entidades de acción voluntaria inscritas en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia, presentados por una entidad de manera individual o por varias entidades de forma conjunta, que se caractericen por la innovación y la repercusión social.

Se otorgará un premio en cada una de las modalidades establecidas, cuya dotación económica será de 4.000 euros por modalidad, de conformidad con el artículo 3 de la orden de convocatoria.

El artículo 13 de la orden de convocatoria prevé la constitución de un jurado para el examen y valoración de los expedientes, designado al efecto por resolución de la persona titular de la dirección general con competencias en materia de voluntariado, que será quien desempeñe su presidencia.

El artículo 12 de la orden señala que el órgano instructor del procedimiento será el órgano competente en materia de voluntariado y participación de la dirección general con competencias en materia de voluntariado. De acuerdo con el citado artículo, una vez completos los expedientes, el Servicio de Voluntariado y Participación, como órgano instructor del procedimiento, remitió al jurado las candidaturas en cada una de las modalidades para su valoración, conforme a los criterios recogidos en el artículo 14.

El día 24 de noviembre de 2020, el jurado emitió el informe propuesta de candidaturas premiadas para cada una de las modalidades, de acuerdo con lo prescrito en el artículo 14 de la orden reguladora.

Con base en lo anterior y conforme a lo señalado en el artículo 15 de la orden, a la vista del expediente y de la valoración del jurado, el día 26 de noviembre de 2020 el Servicio de Voluntariado y Participación, como órgano instructor del procedimiento, propuso que se resolviese la priemera convocatoria de los Premios Galicia de Acción Voluntaria 2020 en los términos propuestos por el jurado.

Conforme a la propuesta de resolución, teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y atribuida la competencia para resolver, por delegación de la conselleira de Política Social, según lo dispuesto en el artículo 15 y en la disposición adicional única de la orden de convocatoria,

RESUELVO:

Primero. Conceder los premios de la primera convocatoria de los Premios Galicia de Acción Voluntaria a las siguientes candidaturas, dado que obtuvieron en cada modalidad la mayor puntuación por parte del jurado, conforme a los criterios recogidos en el artículo 14 de la orden de convocatoria:

• Premio voluntaria del año, en la modalidad individual para las personas físicas, dotado de 4.000 euros, para Sofía Prol Rodríguez, con NIF **9598***.

• Premio entidad de acción voluntaria del año, en la modalidad colectiva, dotado de 4.000 euros, a la entidad ONG Mestura, con CIF G15940414.

• Premio al mejor proyecto de acción voluntaria del año, dotado de 4.000 euros, a la Fundación Juan Soñador, con CIF G24452435.

Segundo. Las personas físicas y jurídicas premiadas deberán cumplir con las obligaciones previstas en el artículo 18 de la Orden de 9 de septiembre de 2020.

Tercero. La presente resolución agota la vía administrativa y contra ella puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación.

No obstante, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Cuarto. La publicación de esta resolución surtirá los efectos de notificación, en los términos establecidos en el artículo 19 de la Orden de 9 de septiembre de 2020 y en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 30 de noviembre de 2020. La conselleira de Política Social, P.D. (Artículo 15.2 de la Orden de 9.9.2020; DOG núm. 191, de 21 de septiembre), Cristina Pichel Toimil, directora general de Juventud, Participación y Voluntariado