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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Miércoles, 9 de diciembre de 2020 Pág. 48265

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

ORDEN de 3 de diciembre de 2020 por la que se modifica la Orden de 11 de septiembre de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas destinadas al fomento de actividades de creación-producción o investigación con fines expositivos en el área de las artes plásticas y visuales, y se procede a su convocatoria para el año 2020 (código de procedimiento CT403E).

El día 22 de septiembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 11 de septiembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas destinadas al fomento de actividades de creación-producción o investigación con fines expositivos en el área de las artes plásticas y visuales, y se procede a su convocatoria para el año 2020 (código de procedimiento CT403E).

El artículo 19.1 de dicha orden establece el plazo, la forma de justificación y el pago de las ayudas.

Teniendo en cuenta el largo proceso de tramitación y resolución debido a las circunstancias especiales derivadas de la pandemia COVID-19, junto a la complejidad de la acreditación y evaluación de los proyectos y a fin de hacer viables los procesos de ejecución y justificación por parte de los beneficiarios resultantes, sin que con eso se cause perjuicio a terceros, se considera necesario ampliar el plazo de justificación.

Visto lo anterior,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del artículo19.1 de la Orden de 11 de septiembre de 2020

Se modifica el artículo 19.1 de la Orden de 11 de septiembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas destinadas al fomento de actividades de creación-producción o investigación con fines expositivos en el área de las artes plásticas y visuales, y se procede a su convocatoria para el año 2020 (código de procedimiento CT403E), que queda redactado como sigue:

Artículo 19. Plazo, justificación y pago de las ayudas

1. Las personas beneficiarias de las ayudas tendrán hasta el 15 de diciembre de 2020 para acreditar y justificar los proyectos subvencionados; en caso de no justificarse la totalidad del presupuesto del proyecto, la subvención será minorada en la misma proporción.

Disposición final. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 3 de diciembre de 2020

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Universidad