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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Miércoles, 9 de diciembre de 2020 Pág. 48340

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 17 de noviembre de 2020 por la que se notifica la imposición de una multa coercitiva (expediente COR/39/2016-A1).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 4 de septiembre de 2020, resolución por la que se impone una multa coercitiva, derivada del expediente de reposición de la legalidad urbanística COR/39/2016-RP1 como consecuencia de incumplir lo ordenado en la Resolución de 14.9.2017 en la que se ordena la demolición de una vivienda y la retirada de un camión-vivienda, realizada sin autorización autonómica, en el lugar de Monte da Raposa-Rumbo, parroquia de Cela, en el termino municipal de Culleredo, provincia de A Coruña, por resultar incompatibles con el ordenamiento urbanístico vigente.

Al no poder realizar la notificación personal de la resolución a José Manuel Machado dos Anjos, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado, cuya fecha de publicación será la que determine la eficacia del acto notificado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica íntegramente, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situada en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente a la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en el que produzca la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción se sitúe el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 17 de noviembre de 2020

Jacobo Hortas García
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística