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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 248 Jueves, 10 de diciembre de 2020 Pág. 48494

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Ponte Caldelas

ANUNCIO de orden de ejecución subsidiaria relativo a la gestión de la biomasa (expediente 1193/2020).

De conformidad con los artículos 44 y 46.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se intentó sin efecto la notificación del acto que se indica por razones no imputables a la Administración.

Como no es posible practicar la comunicación a la que se refiere el número 2 del artículo 22 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, a los propietarios de las parcelas que se enumeran a continuación, por razones no imputables a esta Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace pública la comunicación de gestión de la biomasa.

Se publica el presente anuncio en el Diario Oficial de Galicia (DOG) para que sirva de notificación a la persona interesada, para lo cual se le informa que tanto la notificación como el expediente se encuentra a su disposición en el Ayuntamiento de Ponte Caldelas (avenida de Galicia, 17, 36820 Ponte Caldelas, Pontevedra). Igualmente podrá acceder a través de la sede electrónica de esta entidad.

Considerando que el artículo 22.3 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, establece que cuando no pudiera determinarse la identidad de la persona responsable de la gestión de la biomasa vegetal y retirada de especies arbóreas prohibidas o resultase infructuosa la notificación de la comunicación se efectuará mediante un anuncio en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia de los datos catastrales de la parcela.

Considerando que el artículo 22.4 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, posibilita a este ayuntamiento para la ejecución subsidiaria en caso de incumplimiento de los trabajos de gestión de la biomasa, repercutiendo los costes a las personas responsables.

Considerando que el artículo 22.6 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, establece la obligación de las personas responsables de facilitar los necesarios accesos a las entidades responsables de los trabajos de gestión de la biomasa, que no requerirán de ninguna autorización para la ejecución subsidiaria de la gestión de la biomasa en las redes de fajas de gestión.

Acto a notificar: procedimiento de ejecución subsidiaria (expediente 1193/2020).

Interesado: 35147120S.

Coste de la ejecución subsidiaria: 160,76 euros (IVA incluido).

Ref. catastral: 36043A036001610000JF (pol. 36-parc. 161) y 36043A036001660000JD (pol. 36-parc. 166).

Plazo: 1 mes.

Ponte Caldelas, 23 de noviembre de 2020

Andrés Díaz Sobral
Alcalde