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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 257 Miércoles, 23 de diciembre de 2020 Pág. 50358

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

ORDEN de 21 de diciembre de 2020 por la que se hace público el incremento del crédito previsto en la Orden de 11 de septiembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas, gestionado por la consellería con competencias en materia de política social de la Xunta de Galicia (código de procedimiento BS623D).

Con fecha de 21 de septiembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 11 de septiembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas, gestionado por la consellería con competencias en materia de política social de la Xunta de Galicia (código de procedimiento BS623D).

La financiación de la convocatoria se encuentra distribuida en las correspondientes aplicaciones presupuestarias de cada centro directivo, de acuerdo al siguiente detalle:

Líneas de actuación

Aplicación

Importe

Línea I. Actuaciones en el ámbito de la familia, infancia y dinamización demográfica

13.02.312B.481.1

974.693,00 €

Línea II. Actuaciones de inclusión social

13.03.313C.481.6

3.946.165,00 €

Línea III. Actuaciones de promoción de la autonomía

13.04.312E.481.1

4.934.661,00 €

Línea IV. Proyectos de inversión y adecuación de centros

13.04.312E.781.1

1.131.872,00 €

Línea V. Actuaciones destinadas a la juventud

13.05.313A.481.0

305.021,00 €

Línea VI. Actuaciones destinadas al voluntariado

13.05.312F.481.0

280.047,00 €

Total

11.572.459,00 €

En su artículo 2.2, según lo dispuesto en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, está prevista la ampliación excepcional de los créditos disponibles cuando el aumento venga derivado de una generación, ampliación o incorporación o existan remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o a créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio.

Puesto que el crédito previsto en la citada orden no resultó suficiente para atender todas las solicitudes cuyo objeto es susceptible de subvención, y dado que existe crédito disponible en las aplicaciones presupuestarias con cargo a las cuales se financia la convocatoria y se cumplen los requisitos establecidos en los citados artículos, se considera oportuno incrementarlo con el objeto de repartir entre las entidades de iniciativa social que concurran a la convocatoria de ayudas la totalidad de los fondos recaudados para este fin.

Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que me fueron conferidas,

RESUELVO:

Artículo único. Incremento de los créditos

Se incrementa el crédito destinado a la financiación de las ayudas previstas en la Orden de 11 de septiembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas, gestionado por la consellería con competencias en materia de política social de la Xunta de Galicia (código de procedimiento BS623D).

El importe total del citado incremento es de cuatro millones doscientos treinta y ocho mil ciento ochenta y un euros con setenta y dos céntimos euros (4.238.181,72 €), consignado en las aplicaciones presupuestarias siguientes en función de las líneas de actuación subvencionables relacionadas en el artículo 5 de la Orden de 11 de septiembre:

Líneas de actuación

Aplicación

Importe

Línea I. Actuaciones en el ámbito de la familia, infancia y dinamización demográfica

13.02.312B.481.1

357.687,54 €

Línea II. Actuaciones de inclusión social

13.03.313C.481.6

1.448.140,97 €

Línea III. Actuaciones de promoción de la autonomía

13.04.312E.481.1

865.824,35 €

Línea IV. Proyectos de inversión y adecuación de centros

13.04.312E.781.1

1.351.825,20 €

Línea V. Actuaciones destinadas a la juventud

13.05.313A.481.0

107.350,00 €

Línea VI. Actuaciones destinadas al voluntariado

13.05.312F.481.0

107.353,66 €

Total

4.238.181,72 €

La publicación de esta orden no supone la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 21 de diciembre de 2020

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social