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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 260 Martes, 29 de diciembre de 2020 Pág. 50736

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

EXTRACTO de la Orden de 16 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación, protección y mejora de los árboles y formaciones incluidos en el Catálogo gallego de árboles singulares, y se convocan ayudas para el año 2021 destinadas a las entidades locales (código de procedimiento MT804B).

BDNS (Identif.): 539796.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/inditex):

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias las entidades locales, propietarias de elementos incluidos en el Catálogo gallego de árboles singulares en la fecha de publicación de esta orden. También podrán ser beneficiarias las agrupaciones de entidades locales (agrupación, asociación, mancomunidad, consorcio, fusión o cualquier otra similar).

Segundo. Objeto

Establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas para actuaciones encaminadas a la conservación, protección y mejora de los árboles y formaciones incluidos en el Catálogo gallego de árboles singulares, regulado por el Decreto 67/2007, de 22 de marzo, así como proceder a su convocatoria para el año 2021.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 16 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación, protección y mejora de los árboles y formaciones incluidos en el Catálogo gallego de árboles singulares, y se convocan ayudas para el año 2021 destinadas a las entidades locales (código de procedimiento MT804B).

Cuarto. Cuantía

El importe asignado es de cuarenta mil euros (40.000,00 €), sin perjuicio del incremento presupuestario que se pueda realizar con remanentes adicionales de acuerdo con las disponibilidades de crédito. En todo caso, las concesiones se limitarán a las disponibilidades presupuestarias.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el día 29 de enero de 2021.

Sexto. Otros datos

Las ayudas a que se refiere esta orden comprenden los gastos subvencionables recogidos en el artículo 2 que hayan sido efectivamente realizados desde la certificación de no inicio hasta el 30 de septiembre de 2021.

Santiago de Compostela, 16 de diciembre de 2020

Angeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda