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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 17 Miércoles, 27 de enero de 2021 Pág. 4977

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

EXTRACTO de la Orden de 31 de diciembre de 2020, conjunta de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad y de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2021 (códigos de procedimiento ED481B e IN606B).

BDNS (Identif.): 545525.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdns/index):

Primero. Beneficiarios

Las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG), los organismos públicos de investigación de Galicia, las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos, Fundación Biomédica Galicia Sur) y los centros del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y del Instituto Español de Oceanografía (IEO) radicados en Galicia, siempre que contraten a las personas seleccionadas a través de un contrato laboral de duración determinada con dedicación a tiempo completo, de acuerdo con el marco legislativo actual, en virtud del cual la persona seleccionada quedará vinculada a dicha entidad.

Podrán acceder a estas ayudas los organismos y entidades señalados en el párrafo anterior que presenten como candidatas a personas con el grado de doctor que cumplan en la fecha límite de presentación de solicitudes las condiciones que se indican en el artículo 2 de la convocatoria.

Segundo. Objeto

El objeto de esta convocatoria es otorgar ayudas a las universidades del SUG, a los organismos públicos de investigación de Galicia, a las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos, Fundación Biomédica Galicia Sur), y a los centros del CSIC y del IEO radicados en Galicia que contraten a personas tituladas superiores que hayan obtenido recientemente el título de doctor o doctora para su formación en sus centros, unidades o departamentos, permitiendo la mejora de sus capacidades mediante estancias de investigación posdoctoral en el extranjero o, en casos excepcionales, en centros de I+D+i de fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Las solicitudes que propongan a personas candidatas de nacionalidad española que presenten un plan de estancias de por lo menos 6 meses en EUA optarán a contar con el apoyo de la Comisión Fulbright y tener la condición de becarias Fulbright.

Tercero. Bases reguladoras

Se publican conjuntamente con la convocatoria.

Cuarto. Cuantía

El importe total de la convocatoria es de 6.920.700 euros, para los años 2021, 2022, 2023 y 2024.

Se convocan 49 ayudas (40 para las universidades del SUG y 9 para el resto de entidades beneficiarias), de un máximo de tres años de duración. El importe de cada ayuda incluye los siguientes conceptos:

1. Un total de 28.600 euros brutos anuales en concepto de salario y costes sociales.

2. Un complemento por cada mes de estancia de:

a) 1.000 euros si el destino de la estancia está en Portugal o Andorra (zona 1).

b) 1.500 euros si el destino de la estancia está en Europa (excepto Portugal o Andorra), África o América, excepto EUA y Canadá (zona 2).

c) 2.000 euros si el destino de la estancia está en EUA, Canadá, Asia u Oceanía (zona 3).

3. Un total de 500 euros brutos mensuales durante cada período de estancia en EUA para las solicitudes de aquellas personas investigadoras que alcancen la condición de becarias Fulbright.

4. Un complemento anual por ayuda de 1.500 €, destinado a las entidades beneficiarias para cubrir los gastos asociados a la contratación.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOG.

Santiago de Compostela, 31 de diciembre de 2020

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación
y Universidad

Francisco Conde López
Vicepresidente segundo y conselleiro
de Economía, Empresa e Innovación
y presidente de la Agencia Gallega
de Innovación