En el artículo 74 de la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia, modificada por la Ley 14/2011, de 16 de diciembre, y en el Decreto 430/2001, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Cooperativas de Galicia, en su artículo 53, se establece la obligación de publicar, en el Diario Oficial de Galicia, la modificación del artículo 2 de los estatutos sociales (cambio de domicilio social) de la entidad Residencial Prado Novo, S. Coop. Galega, acordada en la reunión del Consejo Rector de 30 de octubre de 2020, por unanimidad. Consta como nuevo domicilio social en la calle Peregrina 63 bajo del ayuntamiento de Pontevedra, provincia de Pontevedra. Por tanto,
RESUELVO:
Disponer la publicación en el Diario Oficial de Galicia la modificación del artículo 2 de los estatutos (cambio de domicilio social) de la entidad Residencial Prado Novo, S. Coop. Galega.
Vigo, 12 de enero de 2021
El jefe territorial de Pontevedra
P.S. (Artículo 62.3 del Decreto 135/2017, de 28 de diciembre)
Ana María Rodríguez Senra
Jefa del Servicio de Coordinación Administrativa