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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 44 Viernes, 5 de marzo de 2021 Pág. 13467

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2021, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa previa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita y de autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en los ayuntamientos de Tui y Tomiño (expediente IN407A 2020/165-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita y de autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio social: avenida San Luis, 77, 28033 Madrid.

Denominación: retranqueo LMT TUI803 en Bouza Abalada.

Situación: Tui y Tomiño.

Características técnicas: LMT subterránea a 20 kV, con conductor RHZ1, de 447 metros de longitud, con origen en el apoyo proyectado C-4500/14, en el que se instala un telecontrol y un paso aéreo subterráneo (PAS), y final en el PAS en el apoyo proyectado C-4500/12. LMT aérea a 20 kV, con conductor LA-110, de 67 metros de longitud, con origen en el apoyo proyectado C-4500/12 y final en el apoyo existente 2A/12/A12YICPG//34 de la LMTA TUI803. Retensado del vano aéreo (51 metros) contiguo al apoyo C-4500/14. La instalación está situada en Areas, Tui, Sobrada y Tomiño.

Se realizó el trámite de información pública insertando anuncios en el DOG de 28 de octubre de 2020, en el BOP de 21 de octubre, en el periódico Faro de Vigo de 16 de octubre, en el BOE de 3 de noviembre y en los tablones de anuncios de los ayuntamientos de Tui y Tomiño. Durante el mencionado trámite no se recibieron alegaciones.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, DOG nº 203, de 25 de octubre de 2017, esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita de los bienes afectados por la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin prejuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 12 de febrero de 2021

Tomás Nogueiras Nieto
Jefe territorial de Pontevedra