Yo, Francisco Rascado González, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Vigo, hago saber que en el presente procedimiento de JVB 902/14-MA, seguido a instancia de Muñoz y Tercero Calzados, S.L. frente a Comercial Lucavi, Sociedad Cooperativa, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
«Sentencia.
Juez que la dicta: magistrada Flora Lomo del Olmo.
Lugar: Vigo.
Fecha: 1 de octubre de 2015.
Demandante: Muñoz Tercero Calzados, S.L.
Abogado/a: Mario Marcos Martínez.
Procurador/a: Pablo Acosta Padín.
Demandada: Comercial Lucavi, Sociedad Cooperativa.
(Rebeldía)
Fallo que, estimando la demanda promovida por el procurador Pablo Acosta Padín, en nombre y representación de la entidad Muñoz y Tercero Calzados, S.L. frente a la mercantil Comercial Lucavi, Sociedad Cooperativa, debo condenar y condeno a la misma a abonarle la cantidad de 2.700,45 euros, más los intereses legales correspondientes desde la fecha de su interposición, con imposición de las costas causadas.
Advierto a las partes que contra esta sentencia no cabe interponer recurso alguno.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y encontrándose dicha demandada, Comercial Lucavi, Sociedad Cooperativa, en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que le sirva de notificación en forma.
Vigo, 25 de enero de 2021
El letrado de la Administración de justicia