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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 50 Lunes, 15 de marzo de 2021 Pág. 14777

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

EXTRACTO de la Resolución de 1 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el fomento de la contratación de personal tecnólogo para la realización de actividades de I+D+i en las empresas y organismos de investigación en Galicia (programa Principia), y se procede a su convocatoria para el año 2021 (código de procedimiento IN848C) (empresas).

BDNS (identif.): 552501.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas:

a) Las empresas, de cualquier tamaño, con domicilio social o centro de trabajo en Galicia.

Segundo. Objeto

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las ayudas del programa Principia de la Agencia Gallega de Innovación dirigidas a las empresas y organismos de investigación en Galicia, destinadas al fomento de la contratación durante un período mínimo de un año de personal para la realización de actividades de I+D+i alineadas con las prioridades establecidas en la RIS3 para Galicia, con el fin de favorecer su carrera profesional, así como estimular la demanda en el sector público y privado de personal suficientemente preparado para acometer proyectos de I+D+i.

Asimismo, por medio de esta resolución, se convocan dichas ayudas para el año 2021 en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento IN848C).

Las ayudas concedidas a las empresas en el marco de la presente resolución se ajustarán a lo establecido en el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, en virtud del que el importe total de las ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única empresa no excederá de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales. Este límite máximo se aplica a todo el conjunto de ayudas recibidas en concepto de minimis por la empresa, independientemente de la forma en que se otorguen o del objetivo perseguido.

En virtud de lo anterior, las empresas deberán declarar, en el momento de presentar la solicitud, el conjunto de ayudas recibidas por la empresa en concepto de minimis, durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso.

Tercero. Bases reguladoras

Se publican conjuntamente con la convocatoria.

Cuarto. Cuantía

El importe total de la convocatoria: 1.080.000,00 euros para el año 2021.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Se entenderá como último día de plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Santiago de Compostela, 1 de marzo de 2021

Patricia Argerey Vilar
Directora de la Agencia Gallega de Innovación