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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 55 Martes, 23 de marzo de 2021 Pág. 16011

IV. Oposiciones y concursos

Servicio Gallego de Salud

RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2021, de la Gerencia del Área Sanitaria de Ourense, Verín y O Barco de Valdeorras, por la que se resuelve la convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto vacante de supervisor/a de área.

Mediante la Resolución de 20 de enero de 2021 (DOG núm. 20, de 1 de febrero) se convocó para su provisión, por el sistema de libre designación, un puesto vacante de supervisor/a de área.

De acuerdo con lo dispuesto en las bases de la convocatoria, lprevio informe de la Dirección de Enfermería al que se hace referencia en la base quinta.

Esta gerencia, de conformidad con lo previsto en el Decreto 206/2005, de 22 de julio (DOG núm. 145, de 29 de julio), de provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud, y en la Orden de 24 de mayo de 2006 (DOG núm. 106, de 5 de junio) por la que se establecen las bases del procedimiento para la provisión de los puestos de jefatura y coordinación de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud, y en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 134/2019, de 10 de octubre (DOG núm. 204, de 25 de octubre), por el que se regulan las áreas sanitarias y los distritos sanitarios del Sistema público de salud de Galicia, por el Decreto 137/2019, de 10 de octubre (DOG núm. 208, de 31 de octubre), por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Gallego de Salud, y en la Orden de 22 de abril de 2020 (DOG núm. 82, de 29 de abril) sobre delegación de competencias en órganos centrales y periféricos del Servicio Gallego de Salud,

ACUERDA:

Primero. Resolver la convocatoria pública para la provisión del puesto vacante de supervisor/a de área que se relaciona en el anexo de esta resolución.

Segundo. Nombrar, en el puesto que se indica, a la persona que se cita en el anexo de esta resolución.

Tercero. El/la profesional nombrado/a deberá cesar en la plaza que desempeñe dentro de los tres días hábiles siguientes al de su publicación.

Cuarto. La toma de posesión del puesto de trabajo adjudicado deberá efectuarse dentro de los dos días hábiles siguientes al del cese, de conformidad con la modificación del artículo 30.2 del Decreto 206/2005, de 22 de julio, de provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud, introducida mediante el artículo 6 de la Ley 4/2021, de 28 de enero, de medidas fiscales y administrativas (DOG núm. 19, de 29 de enero). A estos efectos, se entenderá por plaza desempeñada la efectivamente ocupada, con independencia de que sea en condición de destino definitivo, adscripción o destino provisional o comisión de servicios.

Si así lo permiten las necesidades del servicio, y a petición motivada del/de la interesado/a, los plazos a que se refieren los párrafos anteriores podrán ser prorrogados por el gerente del Área Sanitaria.

Se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular, y será declarado/a en esa situación por el órgano competente, quien no se incorpore al puesto adjudicado en el plazo establecido.

Quinto. Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada, ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, en los términos previstos en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Ourense, 9 de marzo de 2021

Félix Rubial Bernárdez
Gerente del Área Sanitaria de Ourense, Verín y O Barco de Valdeorras

ANEXO

Puesto: supervisor/a de área de Recursos Materiales.

Nombre y apellidos: María Gloria García Freire.

DNI (*): ***6208**.

(*) Se oculta parcialmente el número de documento nacional de identidad para preservar los datos de carácter personal, de conformidad con la disposición adicional séptima de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.