De conformidad con las disposiciones del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), se les notifica a los titulares de los establecimientos de la provincia de Lugo que se relacionan la baja de oficio y cancelación de la inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma Gallega.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Agencia de Turismo de Galicia en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela en el plazo de dos (2) meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Lo que se le notifica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Lugo, 24 de marzo de 2021
Paloma Vázquez Fernández
Jefa del Área Provincial de Turismo de Lugo
ANEXO
Establecimiento: O Recuncho.
Titular: OJDC Eventos, S.L.
Dirección: lugar de Outeiro, s/n.
Localidad: Castroverde.