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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 78 Martes, 27 de abril de 2021 Pág. 21095

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

ANUNCIO de 5 de marzo de 2021, del Servicio de Movilidad de Lugo, por el que se notifica el acuerdo de incoación del expediente sancionador en materia de transportes terrestres LU-01722-O-2020.

La persona titular del Servicio de Movilidad de Lugo acordó la incoación del expediente sancionador número LU-01722-O-2020 por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifica el acuerdo de incoación dictado a la persona interesada.

Se le informa que el expediente sancionador se encuentra a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de Lugo.

Se le otorga un plazo de de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que considere conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estime oportunas.

En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.

Lugo, 5 de marzo de 2021

Mª del Pilar Represa Fernández
Jefa del Servicio de Movilidad de Lugo

anexo

Expediente

Matrícula

DNI/CIF

Denunciado

Infracción denunciada

Fecha-hora-carretera-p.k.

Precepto

calificador

Precepto

sancionador

Sanción

propuesta

LU-01722-O-2020

3035-LFH

X6490759K

La oferta de servicios de transporte de mercancías sin disponer del título habilitante exigible para realizarlos o para intermediar en su contratación, o llevar a cabo esa intermediación incumpliendo las condiciones legales o reglamentariamente exigidas para ello, tanto si se realiza de forma individual a un único destinatario o destinataria o se hace pública para conocimiento general a través de cualquier medio.

18.11.2020; 18.44; N-VI; 543,8

Art. 141.7 LOTT

Art. 198.8 ROTT

Art. 201.f) ROTT

Art. 143.1 LOTT

801 euros