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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Jueves, 6 de mayo de 2021 Pág. 22972

IV. Oposiciones y concursos

Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud

RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2021 por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, mediante contrato laboral temporal, de tres plazas de titulado/a superior gestor de proyecto para la Unidad de Asesoramiento Científico-Técnico.

La Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (ACIS), creada por el Decreto 112/2015, de 31 de julio, cuenta dentro de sus objetivos estratégicos, con el de evaluar tecnologías, sistemas organizativos y servicios sanitarios, de acuerdo con criterios de seguridad, eficacia, efectividad y eficiencia, teniendo en cuenta valores éticos, clínicos, económicos y sociales.

La ACIS, a través de su unidad de asesoramiento científico-técnico, avalia-t, forma parte de la Red española de agencias de evaluación de tecnologías sanitarias y prestaciones (RedETS) del Sistema Nacional de Salud (SNS). Esta red, regulada por la Orden SSI/1833/2013, de 2 de octubre, es la encargada de evaluar las técnicas y los procedimientos médicos de cara a su posible inclusión, a su exclusión o a la modificación de su uso dentro de la cartera de servicios del SNS.

Las técnicas y los procedimientos médicos a evaluar por la RedETS se articulan a través de planes de trabajo anuales, que aprueba el Pleno del Consejo de la RedETS, y refrenda el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Estos planes asignan una carga de trabajo a avalia-t, ACIS correspondiente a 555.000,00 € que se destinarán a la evaluación de las técnicas, tecnologías o procedimientos médicos establecidos en el plan.

Resumen del proyecto:

Título: Plan anual de trabajo de la RedETS.

Acrónimo: Plan RedETS.

Coordinador: Consejo de la RedETS.

Nº de proyecto ACIS: 201600006.

Presupuesto total: 3.575.000,00 €.

Presupuesto ACIS: 555.000,00 €.

La Ley 3/2021, de 28 de enero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2021, en su artículo 15, prevé la contratación de personal laboral temporal para la realización de obras o servicios concretos y dotados de presupuesto.

Por lo expuesto, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 112/2015, de 31 de julio, por el que se crea la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud y se aprueban sus estatutos (DOG núm. 157, de 19 de agosto), esta gerencia

RESUELVE:

Anunciar la convocatoria de un proceso selectivo para la provisión mediante contrato laboral temporal de tres efectivos para desarrollar las evaluaciones de técnicas, tecnologías o procedimientos asignados a la agencia por el Pleno del Consejo de la RedETS, y aprobar las bases que regirán el proceso.

Las bases reguladoras del indicado proceso se incluyen como anexo I de esta resolución.

Para participar en esta convocatoria los/las interesados/as utilizarán el modelo de solicitud que se incluye en el anexo II.

Santiago de Compostela, 27 de abril de 2021

Antonio Fernández-Campa García-Bernardo
Gerente de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud

ANEXO I

Bases de la convocatoria

De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, y en el artículo 15 del Decreto 112/2015, de 31 de julio, por el que se crea la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud, y se aprueban sus estatutos (DOG núm. 157, de 19 de agosto), la Gerencia de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud, en el ejercicio de las competencias atribuidas, dispone publicar las siguientes bases para la selección de tres efectivos para desarrollar las evaluaciones de técnicas, tecnologías o procedimientos asignados a la agencia por el Pleno del Consejo de la Red española de agencias de evaluación de tecnologías sanitarias y prestaciones (RedETS) del Sistema Nacional de Salud (SNS), que está regulada por la Orden SSI/1833/2013, de 2 de octubre.

Primera. Normas generales

1.1. Número y características de las plazas.

Al amparo del artículo 59 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se convoca proceso selectivo para la contratación de tres efectivos (un gestor económico y dos gestores de investigación) personal laboral temporal (grupo I categoría 4) con una de las titulaciones de grado (o licenciado) recogidas en el apartado 2.1.3 de las presentes bases, para desarrollar las evaluaciones de técnicas, tecnologías o procedimientos asignados a la agencia por el Pleno del Consejo de la RedETS.

Las funciones a realizar por el técnico de gestión económica del proyecto son:

1. Elaboración de los protocolos de los apartados de análisis estadística y económica de los proyectos.

2. Selección y evaluación de la calidad de los estudios económicos.

3. Extracción de datos de los estudios económicos y elaboración de las tablas de aplicabilidad de la evidencia económica.

4. Análisis estadística de los datos del dominio de efectividad y análisis económica: coste-efectividad, impacto presupuestario y modelización.

5. Elaboración de la discusión del dominio económico y colaboración en las conclusiones del informe.

6. Publicación y actividades de difusión del informe.

Las funciones a realizar por los técnicos de gestión de la investigación del proyecto son:

1. Elaboración de los protocolos de los informes de evaluación tecnológica.

2.  Selección y evaluación de la calidad de los estudios a incluir en los informes.

3.  Extracción de datos de los estudios y elaboración de las tablas de evidencia siguiendo el sistema GRADE.

4.  Análisis, interpretación y presentación de los resultados.

5. Elaboración de la discusión y de las conclusiones del informe.

6. Publicación y actividades de difusión del informe.

* Número de efectivos: 3.

* Centro directivo: el centro directivo es la Unidad de Asesoramiento Científico-Técnico de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud, adscrita a la Consellería de Sanidad a través del Servicio Gallego de Salud, en Santiago de Compostela.

* Duración: desde la formalización de los mismos hasta la finalización de la obra o servicio determinado, estableciéndose un tiempo máximo de 36 meses.

De acuerdo con el artículo 15 de la Ley 3/2021, de 28 de enero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2021, la duración de los contratos queda condicionada a que exista crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria que corresponda, computado siempre en su proyección anual.

1.2. Retribuciones.

Las retribuciones serán las establecidas para el grupo correspondiente de acuerdo con la estructura salarial definida en los artículos 25 y 26 del V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia y en la Ley 3/2021, de 28 de enero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2021, desarrollada por la Orden de 8 de febrero de 2021 (DOG núm. 30, de 15 de febrero) por la que se dictan las instrucciones sobre la confección de nóminas del personal al servicio de la Administración autonómica para el año 2021.

1.3. Modalidad de contrato.

Las personas seleccionadas firmarán un contrato de trabajo de obra o servicio determinado siguiendo las prescripciones de los artículos 15 y 17 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, al amparo del Real decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, y demás legislación vigente que resulte de aplicación.

1.4. Incompatibilidades.

Las personas contratadas estarán sometida al régimen general de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas y demás disposiciones complementarias.

Segunda. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitidos en el proceso de selección los/las aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal laboral temporal los siguientes requisitos, excepto el certificado médico referente a lo recogido en el punto 2.1.5, que deberá acreditarse en el momento de la contratación.

2.1.1. Nacionalidad.

a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser nacional de alguno de los estados miembros de la Unión Europea.

c) Ser nacional de algún Estado en que, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea aplicable la libre circulación de trabajadoras/es.

d) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los cónyuges de los/las españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. En las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

e) Tener residencia legal en España, en el caso de tratarse de extranjeros no incluidos en los puntos anteriores.

2.1.2. Edad.

Haber cumplido dieciséis años de edad.

2.1.3. Titulación académica.

2.1.3.a) Gestor económico.

– Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones de grado (o equivalente): Administración y dirección de empresas o economía.

– Nivel de inglés B2 o equivalente de acuerdo con la tabla de equivalencia de certificados publicada el 7 de julio en el Diario Oficial de Galicia y relacionado con la Orden de 21 de junio de 2016, de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 y en la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas de profesorado.

2.1.3.b) Gestor de investigación.

– Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones de grado (o equivalente): farmacia, ciencias biológicas, medicina, bioquímica, biotecnología, psicología o enfermería.

– Nivel de inglés B2 o equivalente de acuerdo con la tabla de equivalencia de certificados publicada el 7 de julio en el Diario Oficial de Galicia y relacionado con la Orden de 21 de junio de 2016, de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 y en la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas de profesorado.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditar que está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de obligación a los aspirantes que habían obtenido el reconocimiento de su calificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

2.1.4. Conocimiento del idioma gallego.

Acreditar conocimiento del idioma gallego: Celga 4, título de perfeccionamiento del idioma gallego o estudios equivalentes.

2.1.5. Capacidad funcional.

Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

2.1.6. Habilitación.

No haber sido despedido/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder a la misma categoría profesional a la cual se pertenecía.

En el caso de nacionales de otros estados, no ser inhabilitado/a, o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida en el Estado de procedencia el acceso al empleo público en los términos anteriores.

Tercera. Presentación de solicitudes

De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, además de los/las posibles candidatos/as seleccionados por el Servicio Público de Empleo, al que se cursará la oferta genérica de los puestos objeto de esta convocatoria, aquellas personas que deseen tomar parte del presente proceso selectivo deberán presentar la documentación que a continuación se señala, teniendo en cuenta que en el supuesto de que los documentos sean fotocopias, estas tendrán que estar debidamente compulsadas:

a) Instancia. Según el modelo contenido en el anexo II que acompaña a estas bases.

b) Curriculum vitae, pormenorizado y debidamente justificado, donde se acredite su trayectoria y experiencia profesional así como los títulos, cursos y diplomas obtenidos que se valorarán, en su caso, en el proceso de selección.

c) Fotocopia compulsada de la o las titulaciones académicas obtenidas, que en el caso de haberse obtenido en el extranjero, deberán estar homologadas en España.

d) Acreditación de la posesión de un certificado, como mínimo, de nivel de inglés B2 o equivalente de acuerdo con la tabla de equivalencia de certificados publicada el 7 de julio en el Diario Oficial de Galicia y relacionado con la Orden de 21 de junio de 2016, de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2011 y en la que se establece el procedimiento de acreditación de competencia en idiomas de profesorado.

e) Acreditación de la experiencia profesional, mediante informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, y certificado expedido por los órganos competentes en materia de personal de la correspondiente organización donde vengan desempeñando los servicios especificando la categoría, funciones y período (con fecha de inicio y final del contrato) en los que estuvo trabajando el/la aspirante.

d) Copias compulsadas de certificados de asistencia a cursos o similares directamente relacionados con las funciones propias de los puestos objeto de esta convocatoria. Será necesario que figure en los mismos el número de horas certificadas.

e) Cuando se trate de aspirantes nacionales de otros países, deberán presentar fotocopia compulsada de los certificados de estudios cursados de castellano, que acrediten suficientemente sus conocimientos de este idioma.

f) Fotocopia compulsada del título acreditativo de superación del Celga 4, curso de perfeccionamiento de gallego o equivalente, debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Diario Oficial de Galicia núm. 146, de 30 de julio).

La dirección que figure en las instancias se considerará la única válida a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del/de la candidato/a tanto los errores en la consignación de la misma como la comunicación de cualquier cambio de dicho domicilio.

Para que tengan validez en este proceso selectivo, los documentos que se presenten deberán estar expedidos en alguna de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Galicia (gallego o castellano); en el caso de documentos expedidos en otras comunidades autónomas, para que tengan validez deberán estar redactados en castellano o traducidos por titulado/a o por el organismo correspondiente. Tratándose de documentos expedidos en un país extranjero, deberán estar debidamente traducidos, validados y apostillados por la oficina diplomática española. Lógicamente, este párrafo no hace referencia a las publicaciones.

La presentación de la/las solicitud/es se hará en el Registro de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (avda. Fernando de Casas Novoa, nº 37-1º portal A, Santiago de Compostela) o en los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia las presentes bases estarán disponibles en la página web de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (http://www.acis.sergas.es).

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente de su publicación oficial.

Para cualquier aclaración o información adicional los/las interesados/as podrán ponerse en contacto telefónico con el Servicio de Gestión de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud a través del número de teléfono 981 55 51 03 o a través del correo electrónico xestion.acis@sergas.es.

Cuarta. Baremo de méritos. Acreditación de méritos y desempates

Baremo.

Para establecer la orden de prelación en la puntuación de los/las aspirantes que corresponda a la acreditación de méritos establecida en las presentes bases, se aplicará el siguiente baremo:

4.1. Servicios prestados: hasta un máximo de 6 puntos.

1. Por cada mes de servicios prestados en el ámbito de la evaluación de tecnologías sanitarias en los últimos 5 años: 0,30 puntos al mes, hasta un máximo de 6 puntos.

4.2. Formación académica relacionada: hasta un máximo de 4 puntos.

• Por la titulación de máster relacionado con evaluación de tecnologías sanitarias, salud pública, metodología de la investigación o cualquier otro equivalente con un contenido similar (2 puntos por máster).

Para la plaza de gestor económico se valorará, a mayores de los anteriores, máster relacionado con economía de la salud o gestión sanitaria.

• Por el diploma de estudios avanzados o similar (1 punto).

• Por la titulación de doctor (2 puntos).

4.3. Formación Continuada: hasta un máximo de 4 puntos.

Por cada curso directamente relacionado con las funciones propias de la categoría a la que se opta organizado e impartido directamente por la Escuela Gallega de Administración Pública, ACIS, Academia Gallega de Seguridad Pública, INAP, escuelas oficiales de formación de las restantes comunidades autónomas o de la Administración General del Estado, universidades, Inem, Dirección General de Formación Ocupacional de la Consellería de Trabajo, cursos de formación continua del AFEDAP, según la relación de materias que se establece en la convocatoria:

• Cursos de más de 15 horas y menos de 25 horas: 0,1 puntos.

• Cursos de más de 25 horas y menos de 75 horas: 0,2 puntos.

• Cursos de más 75 horas: 0,3 puntos.

Se podrá duplicar la puntuación obtenida cuando el curso se relacione con formación específica en gestión de evaluación de tecnologías sanitarias.

4.4. Por el conocimiento acreditado del idioma gallego (solo se valorará el grado superior alegado) y que sea superior al establecido como requisito de acceso.

Grado superior a Celga 4: 1 punto.

Solo se concederá validez, por lo que a la acreditación del gallego se refiere, a los cursos o titulaciones homologados por el órgano competente en materia lingüística de la Xunta de Galicia.

4.5. Por el conocimiento acreditado del idioma inglés: 1 punto.

En grado superior a B2: 1 punto.

Los méritos a tener en cuenta en este proceso se valorarán con referencia al día inmediatamente anterior, inclusive, al de la publicación de esta convocatoria.

De producirse empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo a la otorgada por los méritos alegados según el orden establecido en este anexo y de persistir, a favor de la primera letra del primer apellido, según el orden establecido anualmente en la resolución de la Consellería de Hacienda y Administración Pública por la que se publica el resultado del sorteo al que se refiere el reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

No obstante lo anterior, en el supuesto de infrarrepresentación del sexo femenino en los términos establecidos en el artículo 49 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, el primer criterio de desempate será el de tener la condición de mujer.

Quinta. Tribunal de selección

El tribunal calificador de este proceso se nombra, por la Gerencia de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud, conforme a lo previsto en el artículo 11 del V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia.

Asimismo, se recuerda que a la Comisión de Selección le resultarán de aplicación las instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los tribunales de selección de 11 de abril de 2007 y el Acuerdo adoptado en el Consello de la Xunta de Galicia de 8 de abril de 2010.

Sexta. Admisión de los/las aspirantes y baremación dos méritos

6.1. Una vez expirado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública en la página web de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (http://www.acis.sergas.es) la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as, así como la/las causa/s de su exclusión.

Se podrán formular alegaciones contra las listas provisionales en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en la página web de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud.

Las alegaciones se presentarán en el Registro de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (avda. Fernando de Casas Novoa, nº 37-1º portal A, Santiago de Compostela) o en las oficinas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

6.2. Una vez resueltas las reclamaciones, se publicará el acuerdo por el que se aprueben las listas definitivas de personas admitidas y excluidas con la baremación provisional de los méritos alegados por los/las aspirantes con expresión de la puntuación obtenida en orden decreciente de mayor a menor puntuación.

La estimación o desestimación de dichas reclamaciones se entenderá implícita en la publicación de la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Este acuerdo se hará público en la página web de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud.

El hecho de figurar en la relación de admitidos/as no prejuzga que se les reconozca a los/las interesados/as la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Cuando de la documentación que se debe presentar en el caso de superar el proceso de selección se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, los/las interesados/as decaerán en todos los derechos que puedan derivar de su participación en este procedimiento.

Se podrán formular alegaciones contra la baremación de las listas provisionales en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en la página web de la Agencia.

Las alegaciones se presentarán en el Registro de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (avda. Fernando de Casas Novoa, nº 37-1º portal A, Santiago de Compostela) o en las oficinas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La estimación o desestimación de dichas alegaciones se entenderá implícita con la publicación de la puntuación definitiva del proceso.

6.3. El tribunal publicará en la página web de la Agencia (www.acis.sergas.es) la relación definitiva de puntuaciones de los méritos de los/las aspirantes admitidos/as.

6.4. Finalizado el proceso selectivo, el tribunal propondrá a la Gerencia de la Agencia como aspirantes a contratar para la cobertura de los puestos objeto de esta convocatoria a aquellos/as que hubieran alcanzado los primeros puestos en el orden de prelación de resultados de las puntuaciones definitivas.

6.5. Los/las primeros/as aspirantes de la lista definitiva publicada serán los candidatos/as seleccionados/as para la cobertura de las contrataciones objeto de esta convocatoria, que deberán presentar en el plazo de cinco días hábiles, desde que se haga pública dicha lista, la siguiente documentación ante la Agencia:

– Tarjeta sanitaria y/o número de afiliación a la Seguridad Social.

– Certificado médico oficial o informe de salud en el que se acrediten los extremos señalados en la base 2.1.5.

– Declaración, bajo su responsabilidad, de no haber sido separado/a del servicio de ninguna Administración Pública en virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas a efectos de acreditar los extremos señalados en la base 2.1.6.

6.6. Si los/las candidatos/as seleccionados/as no presentan la documentación indicada en el punto anterior en el plazo establecido, o presentan su renuncia a la contratación (caso en que se hará mediante solicitud expresa al respecto, en el mismo plazo señalado en el punto anterior), resultará, en cualquier caso, automáticamente seleccionado/a el/la siguiente aspirante según el orden de prelación de la lista correspondiente, que deberá presentar en un nuevo plazo de cinco días hábiles la documentación citada en el punto 6.5. Se procederá de esta forma hasta que los/las candidatos/as presenten en plazo y válidamente su documentación.

6.7. Después de seleccionados los/las candidatos/as y presentada su documentación, según lo establecido en los puntos anteriores, comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos, se procederá a la formalización de las contrataciones objeto de la convocatoria.

6.8. Si durante el desarrollo del proyecto se produce la baja de algún aspirante contratado, se procederá al llamamiento, para la cobertura del mismo, del/de la siguiente aspirante según el orden de prelación de la lista correspondiente resultante de esta convocatoria.

Séptima. Norma última

7.1. Todas las resoluciones y acuerdos del proceso de selección se publicarán en la página web de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud en el apartado de noticias y también en el de transparencia y gobierno abierto.

7.2. Esta convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos deriven de ella o de la actuación del tribunal, con carácter de definitivos o que, siendo de trámite, decidan sobre el fondo del asunto, podrán ser impugnados por los/las interesados/as en el plazo y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

ANEXO II

Solicitud de participación

Datos personales:

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

DNI/pasaporte

Nacionalidad

Dirección

Teléfono

Correo electrónico

Fecha de nacimiento

Solicito:

1º. Ser admitido/a en la convocatoria para la provisión, mediante contrato laboral temporal, de la plaza de titulado/a superior como:

□ Gestor económico

□ Gestor de investigación

2º. A tal efecto presento la siguiente documentación: (relacionar dicha documentación).

Lugar, fecha y firma

Santiago de Compostela, ___ de _______de 2021

Gerencia de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud

Avda. Fernando de Casas Novoa, nº 37, 1º A (Edificio CNL). San Lázaro

15707 Santiago de Compostela (A Coruña)