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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 90 Viernes, 14 de mayo de 2021 Pág. 23965

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

CORRECCIÓN DE ERRORES. Resolución de 12 de junio de 2020 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la internacionalización digital de las empresas gallegas (Galicia Exporta Digital 2020), cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG401D).

Advertido un error en la resolución de referencia, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 119, de 18 de junio de 2020, procede hacer la siguiente corrección:

– En la página 24320, en el punto 1 del artículo 5, Condiciones de los conceptos subvencionables, donde dice:

«1. Solo se podrá presentar y aprobar una solicitud por empresa, con un gasto subvencionable mínimo igual o superior a 25.000 € y máximo de 125.000 € por empresa. De superar este máximo se procederá a ajustar el gasto a este límite máximo. En el caso del comercio minorista el gasto subvencionable mínimo debe ser igual o superior a 15.000 € por empresa y máximo de 100.000 € por empresa. De superar este máximo se procederá a ajustarlo a este límite máximo. En el caso de empresas del sector de la producción agraria y de la pesca el gasto subvencionable mínimo debe ser igual o superior a 15.000 € y máximo de 37.500 € en el caso de empresas del sector de la producción agraria y 25.000 € en el caso de empresas del sector de la pesca.

(…)»,

Debe decir:

«1. Solo se podrá presentar y aprobar una solicitud por empresa, con un gasto subvencionable mínimo igual o superior a 25.000 € y máximo de 125.000 € por empresa. De superar este máximo se procederá a ajustar el gasto a este límite máximo. En el caso del comercio minorista el gasto subvencionable mínimo debe ser igual o superior a 15.000 € por empresa y máximo de 100.000 € por empresa. De superar este máximo se procederá a ajustarlo a este límite máximo. En el caso de empresas del sector de la producción agraria y de la pesca el gasto subvencionable mínimo debe ser igual o superior a 15.000 € y máximo de 25.000 € en el caso de empresas del sector de la producción agraria y 37.500 € en el caso de empresas del sector de la pesca. De superar este máximo se procederá a ajustarlo a este límite máximo.

(…)».