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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 100 Lunes, 31 de mayo de 2021 Pág. 26805

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2021, de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por la que se publican los requerimientos de enmienda de la documentación de las solicitudes presentadas de acuerdo con la Orden de 17 de marzo de 2021 por la que se regulan las bases de las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Voluntariado sénior y se procede a su convocatoria para el año 2021 (código de procedimiento BS508C).

En fecha 31 de marzo de 2021, se publica en el Diario Oficial de Galicia número 61, la Orden de 17 de marzo de 2021 por la que se regulan las bases de las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Voluntariado sénior y se procede a su convocatoria para el año 2021 (código de procedimiento BS508C).

El artículo 7 de la orden de convocatoria establece el plazo y la forma de presentación de las solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes señalado en el citado artículo es de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.

Asimismo, en el artículo 8 de la orden se determina la documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento.

Una vez revisadas las solicitudes presentadas al amparo de esta orden de convocatoria por el órgano encargado de la instrucción, se identificaron aquellas que no reúnen la documentación necesaria, bien por no haberla presentado, bien por contener errores o por no
ser suficiente para la determinación del cumplimiento de los requisitos exigidos para su posterior remisión a la comisión encargada de su valoración.

El artículo 9 de la citada orden establece, de conformidad con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que si en la solicitud se aprecian defectos o falta de documentación, el órgano instructor requerirá a la entidad solicitante para que, en un plazo de diez (10) días, enmiende la falta o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciese, se considerará que desiste de su petición, después de resolución, que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la referida ley.

Asimismo, el artículo 15 de la orden de convocatoria establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los actos administrativos y las correspondientes resoluciones de este procedimiento y que esta publicación producirá los efectos de notificación.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la relación de solicitudes que no están debidamente cumplimentadas y/o no aportan la documentación preceptiva exigida segundo lo establecido en las bases reguladoras. Esta relación figura como anexo de esta resolución.

2. Hacer indicación expresa a todas las entidades solicitantes recogidas en el anexo de que son requeridas para que, en el plazo de diez (10) días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, enmienden la falta o aporten los documentos preceptivos conforme se establece en la orden de convocatoria. De no hacerlo, se darán por desistidas en su petición, después de resolución, que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de enmienda de la documentación de las solicitudes, podrán dirigirse a la Consellería de Política Social a través de los teléfonos 981 95 79 20 o 881 99 65 30.

Santiago de Compostela, 18 de mayo de 2021

Cristina Pichel Toimil
Directora general de Juventude, Participación y Voluntariado

ANEXO

Entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas
en el programa Voluntariado sénior

Nº expediente

Solicitante

NIF de la entidad

Documentación requerida

BS508C 2021/012

Ayuntamiento de Lalín

P3602400H

– Certificado de la persona secretaria sobre la existencia de crédito suficiente y adecuado (art. 8.1.b).

BS508C 2021/021

Ayuntamiento de Val do Dubra

P1508900F

– Certificado de la persona secretaria sobre la existencia de crédito suficiente y adecuado (art. 8.1.b).

BS508C 2021/022

Fundación Amigos de la Barrera

G32321978

– Anexo I: adaptar la fecha de fin de proyecto acorde al artículo 1 de la orden de convocatoria.
– Proyecto de actividades (art. 8.1.a): adaptar la fecha de fin de proyecto (art. 1) y el número de personas voluntarias (art. 2).
– Anexo I o proyecto: el número de personas beneficiarias indicado no coincide.

BS508C 2021/025

Ayuntamiento de Sarria

P2705700I

– Acreditación fechaciente de la persona representante legal de la entidad.
– Anexo I: indicar el número de personas beneficiarias y adaptar el presupuesto solicitado (art. 6.4).
– Certificado de la persona secretaria sobre la existencia de crédito suficiente y adecuado (art. 8.1.b): adaptar la cantidad indicada en las fuentes de financiamiento al artículo 6.4.
– Proyecto de actividades (art. 8.1.a): cuantificar el número de personas beneficiarias y rectificar el nombre de la orden en la portada.
– Anexo I o proyecto: no coincide la fecha de fin de proyecto indicada en el anexo I con la indicada en las páginas 4 y 6 del proyecto.

BS508C 2021/030

Asociación Protectora de Animais Bai.Senpulgas

G27805910

– Acreditación fehaciente de la persona representante legal de la entidad.
– Anexo I: indicar el presupuesto solicitado, adaptar la fecha de fin de proyecto (art. 1), rectificar el número de personas beneficiarias acorde al proyecto, adaptar el cálculo de los gastos de las personas voluntarias (art. 6.4) y el cálculo de las partes del presupuesto.
– Proyecto de actividades (art. 8.1.a): adaptar la fecha de fin de proyecto (art. 1), adaptar el cálculo del presupuesto (art. 6.4), indicar el número de personas voluntarias que participan en el proyecto y el número de personas beneficiarias del proyecto.

BS508C 2021/033

Ayuntamiento de Cambre

P1501700G

– Anexo I: rectificar las partes del presupuesto acorde al presupuesto total indicado en el proyecto.
– Proyecto de actividades (art. 8.1.a): indicar la identificación de problemas que motivan el proyecto y revisar el encabezado de las tablas del presupuesto de la página 5 en lo referente al proyecto y al año.

BS508C 2021/036

Ayuntamiento de Mos

P3603300I

– Proyecto de actividades (art. 8.1.a).
– Anexo I: conforme al proyecto.

BS508C 2021/044

Fundación Eduardo Pondal

G70262951

– Acreditación fehaciente de la persona representante legal de la entidad.