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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 102 Miércoles, 2 de junio de 2021 Pág. 27373

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Desarrollo Rural

RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2021 por la que se hace pública la declaración de la aldea modelo de Penedo (Boborás-Ourense), la aprobación definitiva de su guía de ordenación productiva, la integración cautelar en la aldea modelo y la incorporación preventiva al Banco de Tierras de Galicia de determinadas parcelas.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 47 ter 8 de la Ley 6/2011, de 13 de octubre, de movilidad de tierras, en su introducción y redacción dada por el apartado dos del artículo 18 de la Ley 7/2019, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 47 quater 3 de la Ley 6/2011, de 13 de octubre, de movilidad de tierras, en su introducción por el número dos del artículo 14 de la Ley 4/2021, de 28 de enero, de medidas fiscales y administrativas, se hace pública la declaración de la aldea modelo de Penedo (Boborás-Ourense), por Acuerdo de 12 de noviembre de 2019 del Consejo de Dirección de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader), CVE ms8IHtjGm3 verificable en https://sede.xunta.gal/cve, la aprobación definitiva de su guía de ordenación productiva, la integración cautelar en la aldea modelo y la incorporación preventiva al Banco de Tierras de Galicia de determinadas parcelas, por Resolución de 12 de mayo de 2021 del Consejo de Dirección de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader), CVE p2U4uBFlc1 verificable en https://sede.xunta.gal/cve

Contra los citados acuerdo y resolución, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Consejo de Dirección de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader), en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 6 y siguientes y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa; en ambos casos el plazo se contará desde el día siguiente al de la notificación de la resolución o acto administrativo. No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime procedente.

Santiago de Compostela, 13 de mayo de 2021

Inés Santé Riveira
Directora general de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural