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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 116 Lunes, 21 de junio de 2021 Pág. 31044

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2021, de la Dirección General de Movilidad, por la que se desarrolla la Resolución de 16 de febrero de 2021, por la que se convocan las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros/as por carretera que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia en el año 2021, en desarrollo del Real decreto 1032/2007, de 20 de julio (Boletín Oficial del Estado número 184, de 2 de agosto), y de la Orden de 19 de noviembre de 2009, de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras (Diario Oficial de Galicia número 233, de 27 de noviembre) (códigos de procedimiento IF310D/IF310Y, Diario Oficial de Galicia número 41, de 2 de marzo de 2021) y se procede al nombramiento del tribunal para las próximas convocatorias del año 2021.

Mediante la Resolución de 16 de febrero de 2021, de la Dirección General de Movilidad, se convocaron las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros/as por carretera, que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia en el año 2021.

En dicha resolución se establecieron las bases y las reglas de desarrollo de estas pruebas, incluyéndose las normas a tener en cuenta necesariamente por el tribunal designado para su celebración y evaluación.

Con posterioridad, se publicó el Real decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de ordenación de los transportes terrestres, aprobado por el Real decreto 1211/1990, de 28 de septiembre. Dicho real decreto regula en el anexo V los exámenes de cualificación inicial. En la sección 2ª, desarrolla la «designación de tribunales» señalando que «En el caso de no determinarse en la propia convocatoria, el órgano convocante deberá, con posterioridad a la misma, designar el tribunal o tribunales de las pruebas (...), procediendo, asimismo, a su publicación en el correspondiente boletín oficial, con al menos, 10 días de antelación a la celebración del primero ejercicio».

El Real decreto 284/2021 derogó el Real decreto 1032/2007, de 20 de julio, por lo que, con objeto de dar el debido cumplimiento a lo dispuesto en la sección 2ª del anexo V del Real decreto 284/2021, de 20 de abril,

DISPONGO:

Primero. Tribunal

1. El Tribunal de las pruebas estará formado por cinco miembros: el presidente, tres vocales y el secretario, que actuará con voz y voto, designándose miembros suplentes de los anteriores. Le corresponde a la persona titular de la Dirección General de Movilidad el nombramiento de este tribunal entre personal de esta dirección general.

A los efectos de calificación, y de conformidad con el Decreto 144/2001, de 7 de junio (DOG nº 122, de 25 de junio), se calificará el tribunal como de categoría primera.

2. La composición del tribunal para las próximas convocatorias ordinarias del año 2021 será la siguiente:

Presidente: Antón García Río.

Presidente suplente: Juan Alberto Vidal Herrador.

Vocales:

María del Carmen Arnoso Calvo.

Eduardo Suárez Campo.

Juan Alberto Vidal Herrador.

Vocales suplentes:

Eduardo Suárez Campo.

María del Carmen Arnoso Calvo.

Marta Figueiras García.

Secretaria: Marta Figueiras García.

Secretaria suplente: Ana María Gómez Iglesias.

3. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los preceptos básicos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, así como en la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la administración general y del sector público autonómico de Galicia. Los miembros suplentes del tribunal participarán, junto con las personas titulares, cuando sea necesario para el buen desarrollo de las pruebas.

4. En el desarrollo del procedimiento deberán quedar debidamente acreditadas las decisiones adoptadas, mediante constancia documental, con la firma del secretario y el visto bueno del presidente.

5. El presidente del tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes, utilizando la aplicación informática habilitada para su corrección.

Segundo. Desarrollo de las pruebas

1. La fecha y hora de realización de los ejercicios serán acordados por el tribunal, dentro del calendario publicado en la Resolución de 16 de febrero de 2021, y se publicarán en la web de la Dirección General de Movilidad con una antelación mínima de diez días hábiles a la celebración del primer ejercicio, de conformidad con lo dispuesto en la sección 2ª del anexo V del Real decreto 284/2021, de 20 de abril. El lugar de realización será en la ciudad de Santiago de Compostela. Sin perjuicio del anterior, la distribución definitiva horaria y espacial de las personas aspirantes podrá ser modificada por decisión del presidente y del secretario del tribunal hasta el momento de la realización del examen por razones organizativas.

2. En la página web de la Dirección General de Movilidad y en la resolución definitiva de personas admitidas y excluidas se publicarán las instrucciones que deben cumplir las personas aspirantes en relación a la crisis sanitaria de la COVID-19.

3. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en un único llamamiento, y perderá el derecho a realizar la prueba quien no comparezca.

4. Las personas aspirantes deberán presentarse a la realización de las pruebas provistas de DNI o documento fidedigno acreditativo de su identidad, a juicio del tribunal; su omisión dará lugar a su no admisión a la realización de las pruebas. Podrán presentarse a las pruebas convocadas por la Comunidad Autónoma gallega con independencia de su lugar de residencia habitual y del lugar en el que hubieran realizado el curso preceptivo, al amparo del artículo 18 del Real decreto 284/2021, de 20 de abril.

5. El tiempo para la realización del examen será de 2 horas.

6. Las respuestas correctas se valorarán con 1 punto y las erróneamente contestadas se penalizarán con 0,5 puntos negativos. Las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán positiva ni negativamente.

7. Para aprobar será necesario obtener una puntuación no inferior a la mitad del total de puntos posibles.

8. Una vez finalizado el examen, se publicará la relación de respuestas estimadas correctas, con la mayor brevedad posible, en la página web de la Dirección General de Movilidad.

Durante el día siguiente a la publicación de la relación de respuestas correctas, las personas aspirantes podrán hacer llegar las impugnaciones que consideren oportunas sobre las preguntas formuladas, remitiéndolas al secretario del Tribunal a través de la siguiente dirección electrónica formacion.transportes@xunta.gal. Pasado el plazo indicado, no se admitirán nuevas impugnaciones de respuestas ni se tomarán en consideración dichas alegaciones respecto de la revisión de exámenes.

A la vista de las impugnaciones presentadas, el tribunal elaborará la relación definitiva de respuestas correctas y procederá acto seguido a corregir los ejercicios de acuerdo con ella.

La relación definitiva de respuestas correctas, así como la provisional de aptos/as y no aptos/as, serán publicadas en la página web de la Dirección General de Movilidad. A partir de entonces se abrirá un plazo de dos días hábiles para que las personas interesadas hagan llegar al secretario del tribunal las peticiones de revisión; para su toma en consideración. Las solicitudes de revisión deberán presentarse directamente ante el secretario del tribunal, dentro del referido plazo de dos días, mediante la remisión a la dirección electrónica formacion.transportes@xunta.gal

Revisados los ejercicios, se procederá por el tribunal a adoptar el acuerdo definitivo sobre las personas aspirantes aprobadas.

Santiago de Compostela, 9 de junio de 2021

Ignacio Maestro Saavedra
Director general de Movilidad