Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 116 Lunes, 21 de junio de 2021 Pág. 31220

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Empleo e Igualdad

CÉDULA de 3 de junio de 2021, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador incoado por infracción administrativa en el orden social RL 2020/0198-4.

Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos al resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por la presente cédula se notifica a la empresa que se relaciona la resolución recaída en el expediente sancionador correspondiente.

Dispone de un plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado, para examinar la resolución (que pone fin a la vía administrativa) en las dependencias de esta jefatura territorial, Servicio de Empleo y Economía Social, Sección de Sanciones, sitas en la calle Concepción Arenal, 8-2ª planta, en Vigo (Pontevedra), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, previa cita en el teléfono 986 81 70 11.

Expediente: RL 2020/0198-4.

Acta: I362020000024478.

Empresa: Marcos Portela Romero.

Dirección: c/ Barcelona, 20-3º C, Vigo.

Materia: relaciones laborales.

Preceptos infringidos: artículo 5.1.b) del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los trabajadores.

Preceptos sancionadores: artículos 7.2 y 39.2 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.

Fecha de resolución: 18.2.2021.

Resolución: declarar la caducidad del acta de infracción núm. I362020000024478, sin perjuicio de que si la infracción no prescribió, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social pueda extender una nueva acta por los mismos hechos.

Se hace saber a la interesada que puede formular recurso de alzada ante la Dirección General de Relaciones Laborales, en el plazo de un mes, contado desde el siguiente día a su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Vigo, 3 de junio de 2021

Marta Mariño Regueiro
Jefa territorial de Pontevedra