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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 137 Martes, 20 de julio de 2021 Pág. 37167

III. Otras disposiciones

Consellería del Mar

ORDEN de 13 de julio de 2021 de incremento del crédito de la Orden de 5 de enero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2021, para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a proyectos colectivos, financiados por el FEMP, para la conservación y restauración de la biodiversidad y de los ecosistemas marinos en el marco de actividades marisqueras sostenibles, tramitada como anticipado de gasto (código de procedimiento PE209B).

Con fecha 5 de febrero de 2021 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 5 de enero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2021, para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a proyectos colectivos, financiados por el FEMP, para la conservación y restauración de la biodiversidad y de los ecosistemas marinos en el marco de actividades marisqueras sostenibles, tramitada como anticipado de gasto.

El objeto de la orden de convocatoria que establece las bases de convocatoria consiste en la elaboración y desarrollo de proyectos que tengan por objeto recuperar hábitats marinos y costeros en favor de poblaciones de especies de interés marisquero o que contribuyan a una mejor gestión o conservación de los recursos biológicos marinos, incluyendo actividades destinadas a la reducción de la contaminación física y química, medidas de conservación positivas cuyo objetivo sea proteger y conservar la flora y fauna, incluida la repoblación o reintroducción de especies autóctonas, actuaciones destinadas a prevenir, controlar o eliminar especies exóticas invasoras que pongan en peligro la conservación de estos hábitats y especies, y que se centren en hábitats costeros de importancia para reproducción de los organismos marinos.

Las ayudas previstas en la orden de convocatoria se conceden con cargo a la aplicación presupuestaria 15.03.723A.770.1, código de proyecto 2016 00293, dotada con fondos del FEMP (Prioridad 1. Fomentar una pesca sostenible, OE1.b), medida 1.2.1).

El artículo 3.4 de las bases reguladoras establece que los importes consignados, así como las aplicaciones a que se le imputen, podrán ser ampliados en función de las disponibilidades presupuestarias, sin que eso dé lugar a la apertura de nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Debido a que el crédito previsto en la citada orden no resulta suficiente para atender todas las solicitudes cuyo objeto es susceptible de subvención y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.2.b) del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se podrá prever la posibilidad de ampliar el crédito cuando el aumento venga derivado, entre otros, de la existencia de remanentes de otras convocatorias con cargo a crédito de otro programa del mismo servicio, por el que se considera oportuno incrementar dicho crédito con objeto de contribuir al logro del objetivo específico de protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas acuáticos, dentro del programa operativo FEMP 2014-2020.

Por todo lo dicho, haciendo uso das facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único. Incremento de crédito

Se incrementa el crédito destinado a la financiación de las ayudas previstas en la Orden de 5 de enero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2021, para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a proyectos colectivos, financiados por el FEMP, para la conservación y restauración de la biodiversidad y de los ecosistemas marinos en el marco de actividades marisqueras sostenibles, tramitada como anticipado de gasto.

El importe total del incremento de crédito es de 312.000,00 € para la anualidad 2021, consignada en la aplicación presupuestaria 15.03.723A.770.1, código de proyecto 2016 00293, quedando el crédito destinado a estas ayudas por importe máximo total de 1.312.000 €, con la siguiente distribución:

– Anualidad 2021: 812.000,00 €

– Anualidad 2022: 500.000,00 €

Los porcentajes de cofinanciación de las ayudas son del 75 % con fondos FEMP y el 25 % por la Comunidad Autónoma.

En todo caso, la concesión de las ayudas estará limitada a las disponibilidades presupuestarias.

La publicación de esta orden no supone apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de julio de 2021

Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Mar