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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 137 Martes, 20 de julio de 2021 Pág. 37083

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo e Igualdad

EXTRACTO de la Orden de 30 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para el fomento y la consolidación del empleo a través del Programa I para las pequeñas empresas de nueva creación (código de procedimiento TR807I), y se realiza su convocatoria para el año 2021.

BDNS (identif.): 575122.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en este programa las empresas privadas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, excepto las personas físicas, comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades cooperativas y sociedades laborales, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en esta orden para cada tipo de ayuda y en las cuales concurran, en la fecha de su inicio de actividad, las seguintes circunstancias:

a) Que sean empresas de nueva creación.

b) Que sean viables técnica, económica y financieramente.

c) Que generen empleo estable para personas desempleadas.

d) Que tengan su domicilio social, fiscal y su centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.

e) Que sean promovidas, como máximo, por cinco personas y que entre los socios o las socias promotores no figure ninguna persona jurídica.

f) Que la empresa tenga un capital social máximo de 120.202 euros.

g) Que, como mínimo, el 50 % de su capital social sea de titularidad de las personas promotoras y que sean personas desempleadas que creen su propio puesto de trabajo en la empresa.

2. Podrán ser beneficiarias las personas promotoras para la ayuda para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar.

Segundo. Objeto

La finalidad de este programa es generar empleo estable para personas desempleadas, principalmente entre las mujeres, las personas con discapacidad y en riesgo de exclusión social, apoyando y dinamizando el desarrollo de nuevas iniciativas empresariales en la Comunidad Autónoma de Galicia, con especial atención a los municipios del rural gallego, mediante los siguientes tipos de ayuda:

a) Subvención a la generación de empleo estable.

b) Subvención para la formación.

c) Subvención para el inicio de la actividad.

d) Subvención para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de las personas promotoras.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 30 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para el fomento y la consolidación del empleo a través del Programa I para las pequeñas empresas de nueva creación (código de procedimiento TR807I), y se realiza su convocatoria para el año 2021.

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas ayudas se destina un millón quinientos mil euros (1.500.000 €), código de procedimiento TR807I.

Quinta. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes de todos los tipos de ayudas del programa regulado en esta orde será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la orden en Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 30 de junio de 2021

María Jesús Lorenzana Somoza
Conselleira de Empleo e Igualdad