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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 140 Viernes, 23 de julio de 2021 Pág. 37745

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

EXTRACTO de la Resolución de 5 de julio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de viviendas protegidas y se procede a su convocatoria para el año 2021 (código de procedimiento VI420C).

BDNS (Identif.): 575782.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas físicas mayores de edad que reúnan los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española o, en el caso de ser extranjeras, tener la residencia legal en España.

b) Ser adquirente o adjudicataria, en primera transmisión, de una vivienda de protección autonómica de régimen general o especial de nueva construcción o procedente de la rehabilitación calificada definitivamente en la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.

c) Haber suscrito con posterioridad a 1 de enero de 2021 un contrato privado de compraventa visado por el área provincial del IGVS donde esté ubicada la vivienda o, en su caso, una escritura pública de compraventa que contenga las cláusulas obligatorias derivadas de la calificación definitiva de la vivienda.

d) Que la persona solicitante y las demás personas integrantes de su unidad de convivencia estén al corriente de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social y no tengan pendiente ninguna otra deuda, por ningún otro concepto, con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.

e) Que ni la persona solicitante ni las demás personas integrantes de su unidad de convivencia estén incursas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.

Segundo. Objeto

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras que regirán la concesión de las ayudas para la adquisición de viviendas protegidas, que se tramitarán con el código de procedimiento VI420C y convocar estas ayudas para la anualidad 2021.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras que regirán la concesión de las ayudas para la adquisición de viviendas protegidas están contenidas en la resolución de convocatoria.

Cuarto. Crédito presupuestario

Las ayudas previstas en esta convocatoria se harán efectivas con cargo a la aplicación presupuestaria 08.81.451B.780.4, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2021, por un importe total de 450.000 euros y se financiarán con fondos propios de la Comunidad Autónoma.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia (DOG) y finalizará el 30 de septiembre de 2021 y, en todo caso, en el momento del agotamiento del crédito presupuestario, lo que será publicado en el DOG mediante resolución dictada por la persona titular de la Dirección General del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.

Santiago de Compostela, 5 de julio de 2021

Heriberto García Porto
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo