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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 143 Miércoles, 28 de julio de 2021 Pág. 38432

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 9 de julio de 2021, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la Resolución de 25 de junio de 2021 relativa al acto de conciliación formulada por los representantes de los montes vecinales en mano común Aceveda ou Coto Castiñeira, perteneciente a la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Castiñeira, y Veiga de Conselo, perteneciente a la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Castiñeira, Conso, Chaguazoso, Mormentelos, San Cristovo y Vilariño de Conso, en el municipio de Vilariño de Conso.

Examinada la solicitud de conciliación formulada por los representantes del MVMC Aceveda ou Coto Castiñeira, perteneciente a la CMVMC de Castiñeira, y del MVMC Veiga de Conselo, perteneciente a la CMVMC de Castiñeira, Conso, Chaguazoso, Mormentelos, San Cristovo y Vilariño de Conso, en el ayuntamiento de Vilariño de Conso, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. En fecha de 17 de febrero de 2020, la CMVMC de Castiñeira presentó un escrito en el registro electrónico de la Xunta de Galicia (nº 2020/rx 345226) relativo a un acto de deslinde entre los montes vecinales en mano común de Aceveda ou Coto Castiñeira y de Veiga de Conselo.

Con la solicitud se presentó la siguiente documentación:

Memoria y plano.

Acta de conciliación, acta y plano de deslinde y certificado de aprobación de las comunidades.

Capa shape puntos de deslinde.

Capa shape línea de deslinde.

Segundo. El informe del Servicio de Montes de la Jefatura Territorial de Ourense de 8 de enero de 2021 considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.

Por lo que el Servicio de Montes propuso al Jurado la aprobación del deslinde, si bien con el siguiente condicionado:

La localización del punto 1 no podrá interferir con el perímetro límite entre el MVMC Aceveda ou Coto Castiñeira y el MVMC de Pradoalbar, que según consta en los respectivos acuerdos de clasificación se localiza en Cruz da Pena da Lebre. Y que deberá establecerse mediante un procedimiento de deslinde acordado con la CMVMC de Pradoalbar.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La presente resolución se dicta al amparo del artículo 53 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segundo. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento a seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común, tras el examen de la documentación presentada, dicte resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común acordó por unanimidad el día 21 de abril de 2021:

Aprobar el acto de conciliación conseguido por las juntas rectoras del MVMC Aceveda ou Coto Castiñeira, perteneciente a la CMVMC de Castiñeira, y del MVMC Veiga de Conselo, perteneciente a la CMVMC de Castiñeira, Conso, Chaguazoso, Mormentelos, San Cristovo y Vilariño de Conso, en el ayuntamiento de Vilariño de Conso, de acuerdo con las consideraciones realizadas en el informe del Servicio de Montes de 8 de enero de 2021.

Contra esta resolución, que pone fin a vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 9 de julio de 2021

Luis Jorge Álvarez Ferro
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense