Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea Capemari y de la concesión administrativa que la ampara, resulta:
a) Antecedentes:
Primero. Mediante escrito de 20 de julio de 2021, Ricardo Costa Vieites solicitó autorización para la transmisión mortis causa de la concesión administrativa y de la batea Capemari.
Segundo. La persona interesada aportó la documentación requerida para la tramitación.
b) Consideraciones legales y técnicas:
Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre, y con la Orden de 8 de septiembre de 2017 de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica da la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.
Segunda. El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.
Vistas las disposiciones citadas, el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:
Autorizar la transmisión mortis causa, a favor de Ricardo Costa Vieites (***2671**), de la concesión que se indica a continuación:
Identificación:
Tipo: batea.
Nombre: Capemari.
Situación:
Cuadrícula nº: 9.
Polígono: D.
Distrito: Cambados (Pontevedra).
Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).
Título habilitante: concesión.
Orden de otorgamiento: 24.6.1994.
Fin de la vigencia: 15.12.2029.
Actuales titulares: María Luisa Somoza Piñeiro (***3950**) y Ricardo Costa Vieites (***2671**).
Nuevo titular: Ricardo Costa Vieites (***2671**).
El nuevo titular de la concesión se subroga en los derechos y obligaciones de los anteriores.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Vigo, 21 de julio de 2021
La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 8.9.2017)
Sonia Lorenzo Santos
Jefa territorial de Vigo