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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 159 Jueves, 19 de agosto de 2021 Pág. 41712

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo e Igualdad

RESOLUCIÓN de 11 de agosto de 2021, de la Dirección General de Formación y Colocación, por la que se redistribuyen los créditos presupuestarios recogidos en la Orden de 9 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Plan de formación para el empleo (personas trabajadoras ocupadas) y se procede a su convocatoria para los ejercicios 2021 y 2022 (código de procedimiento TR302A).

Mediante la Orden de 9 de febrero de 2021, que se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 35, de 22 de febrero, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Plan de formación para el empleo (personas trabajadoras ocupadas) y se procedió a su convocatoria para los ejercicios 2021 y 2022 (código de procedimiento TR302A).

En el artículo 4 de esta orden se recoge la financiación de las ayudas previstas, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 11.05.323B.471.0 y 11.05.323B.481.0, código de proyecto 2013 00493, con una cuantía inicial de 5.550.000,00 €, distribuida entre las anualidades 2021 (3.000.000,00 €) y 2022 (2.550.000,00 €) procedentes de fondos finalistas del Estado.

En los ejercicios anteriores a este año 2021, los fondos destinados a la realización de acciones formativas de formación profesional para el empleo procedían del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y eran distribuidos a las comunidades autónomas por el ministerio competente en materia de trabajo. En aplicación de lo dispuesto en el Real decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, en el Real decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, y en el Real decreto 499/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Economía Social, una vez finalizado el año 2020, que era un período transitorio, las cantidades distribuidas por el Ministerio de Trabajo y Economía Social en el año 2021 para la ejecución de iniciativas de formación profesional para el empleo deberán utilizarse únicamente en iniciativas vinculadas al Catálogo de especialidades formativas en el ámbito laboral, no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad.

Los fondos finalistas estatales destinados a la financiación de iniciativas de formación profesional para el empleo vinculadas al Catálogo nacional de cualificaciones profesionales van a ser distribuidos a las comunidades autónomas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Con la finalidad de diferenciar los fondos finalistas procedentes del Estado destinados a la financiación de iniciativas de formación profesional para el empleo para personas trabajadoras ocupadas, que procedan del Ministerio de Educación y Formación Profesional, la Dirección General de Planificación y Presupuestos creó recientemente un nuevo código de proyecto contable, el 2021 00150 «Formación certificable personas ocupadas».

De este modo, se imputarán al código de proyecto 2021 00150 los importes correspondientes a acciones formativas para personas trabajadoras ocupadas que correspondan a certificados de profesionalidad. El importe correspondiente al resto de las acciones formativas incluidas en el Catálogo de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo Estatal, que estén destinadas a personas ocupadas, será imputado al código de proyecto 2013 00493.

Una vez instruidos los expedientes y obtenida la relación de acciones formativas que van a ser subvencionadas, ya que cumplen con las condiciones establecidas en las bases reguladoras y resultaron seleccionadas por aplicación de los criterios de evaluación recogidos en el artículo 34 de las citadas bases, es necesario realizar una redistribución del crédito entre las distintas aplicaciones presupuestarias y códigos de proyecto, en función del tipo de entidad que va a impartir la formación (empresas o entidades sin ánimo de lucro) y del tipo de formación subvencionada (certificados de profesionalidad o especialidades incluidas en el Catálogo de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo Estatal).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero (DOG núm. 20, de 29 de enero), cuando la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se distribuya entre distintos créditos presupuestarios, la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y de la publicación en los mismos medios que la convocatoria.

Por todo lo anterior,

RESUELVO:

Primero. Modificar el crédito destinado a las ayudas convocadas en la Orden de 9 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Plan de formación para el empleo (personas trabajadoras ocupadas) y se procede a su convocatoria para los ejercicios 2021 y 2022 (código de procedimiento TR302A), redistribuyendo el crédito previsto en dicha orden para las anualidades 2021 y 2022 de la siguiente forma, sin variar el presupuesto total:

Anualidad 2021

Aplicación presupuestaria

Código de proyecto

Presupuesto inicial

Modificaciones

Presupuesto final

11.05.323B.471.0

2013 00493

2.000.000,00

-188.922,90

1.811.077,10

11.05.323B.471.0

2021 00150

1.056.393,39

1.056.393,39

11.05.323B.481.0

2013 00493

1.000.000,00

-886.673,75

113.326,25

11.05.323B.481.0

2021 00150

19.203,26

19.203,26

Total

3.000.000,00

3.000.000,00

Anualidad 2022

Aplicación presupuestaria

Código de proyecto

Presupuesto inicial

Modificaciones

Presupuesto final

11.05.323B.471.0

2013 00493

2.000.000,00

-225.109,35

1.774.890,65

11.05.323B.471.0

2021 00150

587.627,61

587.627,61

11.05.323B.481.0

2013 00493

550.000,00

-401.815,00

148.185,00

11.05.323B.481.0

2021 00150

39.296,74

39.296,74

Total

2.550.000,00

2.550.000,00

Segundo. Esta modificación, una vez publicada en el Diario Oficial de Galicia, no implicará apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes.

Santiago de Compostela, 11 de agosto de 2021

Zeltia Lado Lago
Directora general de Formación y Colocación