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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 170 Viernes, 3 de septiembre de 2021 Pág. 43989

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 11 de agosto de 2021, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa (expediente IN407A 2021/116-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio social: avenida San Luis, 77, 28033 Madrid.

Denominación: cambio ubicación del CT I.S. Marina.

Situación: Vilagarcía de Arousa.

Características técnicas:

Centro de transformación (I.S. Marina 36C340) a 630 kVA, con RT 20 kV/400V, situado en la parcela de referencia catastral 9168008NH1196N0001KO, en la avenida da Mariña, 23, Vilagarcía de Arousa, y conexión del mismo con las líneas VAR803A1392 y VAR803A1393 mediante tendido de 1 metro de cable RHZ1 existente y dos terminaciones atornillables en T.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada, ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 11 de agosto de 2021

El jefe territorial de Pontevedra
P.A. (Decreto 230/2020, de 23 de diciembre;
DOG núm. 5, de 11 de enero de 2021, artículos 36.3 y 37.1)
Eugenio Fernández Piñeiro
Jefe del Servicio de Administración Industrial