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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 180 Viernes, 17 de septiembre de 2021 Pág. 45839

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 25 de agosto de 2021, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Oleiros (expediente-e IN407A 2021/134-1).

Expediente-e: IN407A 2021/134-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: retranqueo de la LMTS y RBT avenida Mariñas (glorieta elevada AC-12).

Ayuntamiento: Oleiros.

Hechos:

1. El 13 de julio de 2021, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada, con objeto de retroceder las líneas de media tensión afectadas por la construcción de la glorieta elevada, ordenación de accesos y circulación peatonal en la AC-12.

Entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

– Proyecto de ejecución denominado: retranqueo LMTS y RBT avenida Mariñas (glorieta elevada AC-12).

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. UFD Distribución Electricidad, S.A. reconoce a los siguientes organismos afectados: Agencia Gallega de Infraestructuras-Consellería de Infraestructuras y Movilidad; Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia-Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; Servicio de Patrimonio Cultural-Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad de A Coruña y el Ayuntamiento de Oleiros.

La empresa promotora mencionada anteriormente presentó un certificado del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agencia Urbana, en el que se certifica que las actuaciones del retranqueo están contenidas dentro del proyecto Construcción de enlace. Depresión de la carretera AC-12 p.k. 5+190, construcción de glorieta elevada, ordenación de accesos y circulación peatonal. Provincia de A Coruña.

En dicho certificado se indica la conformidad del Ayuntamiento de Oleiros. Simultáneamente, la empresa promotora presenta la autorización del Servicio de Patrimonio Cultural y un informe de la AXI, en el que se señala que no les afectan las actuaciones.

4. Los servicios técnicos de la Jefatura Territorial emitieron informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según lo establecido en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, y el artículo 39.a) del Decreto 230/2020, de 23 de diciembre (DOG de 11 de enero de 2021), por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación.

2. La legislación aplicable a este expediente es la que se relaciona:

a) La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

b) El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

c) El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

d) El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

e) El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

f) La Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– Línea eléctrica de media tensión subterránea (actuación número 1), a 15 kV, con una longitud de 318 metros, con origen en empalme proyectado en LMTS SMC717 entre el CT Agramar (15CDW3) y el CT urbanización Areal Sur (15SSJ9), conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al y final en celda de MT del CT urbanización Areal Sur, retirando el tramo que actualmente cruza la AC-12 a la altura de la construcción de la glorieta elevada.

– Línea eléctrica de media tensión subterránea (actuación número 2), a 15 kV, con una longitud de 226 metros, con origen en celda de MT del CT Bellamar (15 CS16), conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al y final en empalme proyectado en LMTS SMC717 entre el CT Bellamar (15CS16) y el CT calle Areal, número 29 (15SGMS); retirando el tramo que a día de hoy discurre paralelo a la AC-12 a la altura de la construcción de la glorieta elevada.

– Línea eléctrica de media tensión subterránea (actuación número 3), a 15 kV, con una longitud de 181 metros, con origen en empalme proyectado en LMTS SMC725, entre el CD Citroën (15CMW8) y el CD Telefónica Perillo (15CMW9), conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al y final en empalme proyectado en LMTS SMC725 entre el CD Citroën (15CMW8) y el CD Telefónica Perillo (15CMW9), retirando el tramo en el que en la actualidad atraviesa la AC-12.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

Segundo. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Tercero. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

I. Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

II. Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

Cuarto. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empresa e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Mediante este documento se le notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 25 de agosto de 2021

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña