Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 193 Miércoles, 6 de octubre de 2021 Pág. 48938

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

ANUNCIO de 22 de septiembre de 2021, de la Subdirección General de Inspección del Transporte, por el que se notifican las resoluciones dictadas en los expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres (expediente LU-01358-O-2020 y diez más).

La persona titular de la Subdirección General de Inspección del Transporte dictó la resolución del expediente sancionador LU-01358-O-2020 y diez más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictadas a las personas interesadas.

Son informadas de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas de la Subdirección General de Inspección del Transporte, situadas en la plaza de Europa, 5A, 2º en Santiago de Compostela.

Se les comunica que contra la resolución sancionadora, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada, ante el director general de Movilidad de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.

En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el interesado deberá abonar la multa impuesta, empleando el modelo impreso que se facilitará en la Subdirección General de Inspección del Transporte.

En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en la normativa vigente.

Santiago de Compostela, 22 de septiembre de 2021

Marta Vázquez Sanjurjo
Subdirectora general de Inspección del Transporte

ANEXO

Expediente

Matrícula

DNI/CIF
persona sancionada

Infracción cometida

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto
sancionador

Sanción impuesta

LU-01358-O-2020

3594-KYL

52933243P

Exceso de peso igual o superior al 15 %

14.9.2020; 19.30; N-634; 639,5

Artículo 141.2 de la LOTT.

Artículo 198.3 del ROTT

Artículo 143.1.c) de la LOTT.

Artículo 201.f) del ROTT

801 euros

PO-00262-S-2020

7861-FCN

35446093B

La realización de transportes de productos alimenticios o mercancías perecederas utilizando un vehículo que carezca del certificado de conformidad para el transporte de mercancías perecederas o tenerlo caducado o falseado

3.12.2019; 12.20; Rúa Orgo do Monte

Artículo 141.21 de la LOTT.

Artículo 198.25 del ROTT

Artículo 201.d) del ROTT.

Artículo 143.1 de la LOTT

401 euros

PO-01058-O-2020

IB-1073-CF

X1569987F

Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante.

11.2.2020; 17.43; PO-11; 3,5

Artículo 141.25 en relación con el 140.1 de la LOTT

Artículo 143.1.k) en relación con la letra f) de la LOTT

801 euros

PO-01102-O-2020

4904-CLX

53610697C

Transportar mercancías peligrosas en bultos utilizando envases, embalajes, recipientes, GRG o grandes embalajes que carezcan de alguno de los requisitos técnicos exigidos.

13.2.2020; 12.13; A-55; 10,0

Artículo 141.25 en relación con el 140.15.18 de la LOTT.

Artículo 198.30 en relación con el 197.16.18 del ROTT

Artículo 143.1.k) en relación con la i) de la LOTT

801 euros

PO-01103-O-2020

4904-CLX

53610697C

Transportar mercancías peligrosas no llevando a bordo del vehículo una carta de porte (o cualquier otra documentación exigible) que cubra todas las mercancías transportadas, llevarla sin consignar cuáles son estas o llevarla ilegible.

13.2.2020; 11.52; A-55; 10,0

Artículo 141.25 en relación con el artículo 140.15.8 de la LOTT.

Artículo 198.30 en relación con el 197.16.8 del ROTT

Artículo 143.1.k) en relación con la i) de la LOTT.

Artículo 201.i) del ROTT

801 euros

PO-01107-O-2020

5073-DPW

77007065Y

Atenuante. La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

14.2.2020; 23.46; A-52; 278,3

Artículo 141.25 en relación con el 140.35 de la LOTT.

Artículo 198.30 en relación con el 197.40 del ROTT

Artículo 143.1 k) en relación con la letra d) de la LOTT

601 euros

PO-01292-O-2020

6341-BJW

X0586466N

Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante.

13.3.2020; 11.24; A-55; 11,0

Artículo 141.25 en relación con el 140.1 de la LOTT

Artículo 143.1.k) en relación con la letra f) de la LOTT

801 euros

PO-01360-I-2020

53976718L

La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuidas, cuando no deba califIcarse como muy grave por alguno de los supuestos del artículo 197.13 del ROTT.

24.8.2020

Artículo 141.4 de la LOTT.

Artículo 198.5 del ROTT

Artículo 201.f) del ROTT.

Artículo 143.1 de la LOTT

801 euros

PO-01419-O-2020

PO-0368-AJ

76984064M

La realización de transporte privado careciendo de autorización.

30.4.2020; 22.10; PO-531; 0,8

Artículo 141.14 de la LOTT.

Artículo 198.18 del ROTT

Artículo 201.1.e) del ROTT.

Artículo 143.1 de la LOTT

601 euros

PO-01715-O-2020

7284-GVP

44425970K

Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante.

15.6.2020; 19.10; PO-250; 1,2

Artículo 141.25 en relación con el 140.1 de la LOTT

Artículo 143.1.k) en relación con la letra f) LOTT

801 euros

XC-01306-O-2020

2970-KRN

32704928D

Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante.

2.12.2019 18.50; AC-546; 3,045

Artículo 141.25 en relación con el 140.1 de la LOTT

Artículo 143.1.k) en relación con la letra f) de la LOTT

801 euros