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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 194 Jueves, 7 de octubre de 2021 Pág. 48984

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

ORDEN de 28 de septiembre de 2021 por la que se modifica la autorización del centro privado extranjero Eleven School, de Vigo (Pontevedra).

Mediante la Orden de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de 28 de julio de 2017, se autorizó la apertura y funcionamiento temporal del centro privado extranjero Eleven School, de Vigo, para impartir enseñanzas del currículo nacional de Inglaterra y País de Gales, para alumnado español y extranjero, prorrogada mediante distintas órdenes de esta consellería.

La titularidad del centro educativo solicita la modificación de la autorización y envía un certificado de acreditación del British Council, autorizando Nursery (de 3 a 4 años de edad) a Year 6 (de 10 a 11 años de edad) para 150 puestos escolares, válido hasta el 31 de mayo de 2025; e Year 7 (de 11 a 12 años de edad) a Year 10 (de 14 a 15 años de edad) para 30 puestos escolares, válido hasta el 31 de mayo de 2023, del currículo nacional de Inglaterra.

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación informa que no se aprecia disposición alguna que impida el establecimiento de un centro docente para impartir dichas enseñanzas y, teniendo en cuenta el principio de reciprocidad, no existe inconveniente para la autorización. Asimismo, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, informa favorablemente la autorización de las enseñanzas.

Después de la tramitación del expediente de conformidad con lo establecido en el Real decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España, así como en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación de la autorización

Modificar la autorización del centro privado extranjero Eleven School, conforme con la siguiente configuración:

Denominación genérica: centro privado extranjero (CPREX).

Denominación específica: Eleven School.

Código del centro: 36024963.

Titular: Eleven School, S.L.

Domicilio: Camiño Real, nº 10, Parada.

Parroquia: Matamá (San Pedro).

Municipio: Vigo.

Código postal: 36213.

Provincia: Pontevedra.

Enseñanzas que se autorizan del sistema educativo del Reino Unido a alumnado español y extranjero, para un total de 180 puestos escolares:

• Nursery (de 3 a 4 años de edad) a Year 6 (de 10 a 11 años de edad), para 150 puestos escolares.

• Year 7 (de 11 a 12 años de edad) a Year 10 (de 14 a 15 años de edad), para 30 puestos escolares.

Artículo 2. Enseñanzas de lengua y cultura

El centro deberá complementar las enseñanzas autorizadas, de niveles equivalentes a los obligatorios del sistema educativo español con enseñanzas de lengua española y de lengua gallega, que deberán impartirse con el mismo diseño y horario establecidos en los correspondientes decretos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Asimismo, la cultura española deberá desarrollar los contenidos esenciales de la correspondiente área de conocimiento, recogidos en la norma reguladora de las enseñanzas.

Artículo 3. Requisitos del profesorado

El profesorado que imparta las enseñanzas mencionadas en el artículo 2 deberá reunir los requisitos de titulación requeridos por la legislación española para el nivel educativo, y tendrá los derechos y obligaciones que determina el artículo 12 del Real decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

La Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad de Pontevedra, después del informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que imparta estas materias.

Artículo 4. Validez de la autorización

La autorización a que hace referencia el artículo 1 de esta orden tendrá validez hasta la próxima inspección por parte del British Council, que tendrá lugar no más tarde de las siguientes fechas: de Nursery a Year 6, hasta el 31 de mayo de 2025, y de Year 7 a Year 10, hasta el 31 de mayo de 2023.

Artículo 5. Inscripción en el registro

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 6. Obligaciones del centro

El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y sometido a la inspección educativa de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real decreto 806/1993, de 28 de mayo, así como a solicitar una nueva autorización e inscripción en el caso de que se produzca cualquier variación en los elementos y circunstancias que dan lugar a esta autorización.

Disposición final primera. Recursos

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de septiembre de 2021

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Universidad