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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 203 Jueves, 21 de octubre de 2021 Pág. 51273

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo

EXTRACTO de la Resolución de 11 de octubre de 2021, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora y de subvenciones COVID-19 para mantenimiento del autoempleo, en la Comunidad Autónoma gallega, de las personas emigrantes gallegas retornadas, y se procede a la segunda convocatoria en el año 2021 (código de procedimiento PR937A).

BDNS (Identif.): 590168.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las siguientes personas que, residiendo fuera de España, se establezcan en la Comunidad Autónoma gallega:

1. Las personas gallegas y nacidas en Galicia.

2. Los cónyuges o personas con unión análoga a la conyugal y los descendientes por consanguinidad de las personas gallegas y nacidas en Galicia.

Segundo. Objeto

1. Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases que regularán el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las dos líneas de subvenciones dirigidas a personas emigrantes gallegas retornadas que ejerzan su actividad laboral o profesional en la Comunidad Autónoma gallega (código de procedimiento PR937A):

– Línea 1 subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora: tienen por finalidad fomentar su establecimiento como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia.

– Línea 2 subvenciones COVID-19 para mantenimiento del autoempleo: destinadas a compensar las pérdidas provocadas por la reducción de la actividad económica de las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia en el contexto actual de pandemia.

2. Asimismo, tiene por objeto proceder a la segunda convocatoria para conceder las dichas subvenciones para el año 2021.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 11 de octubre de 2021, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora y de subvenciones COVID-19 para mantenimiento del autoempleo, en la Comunidad Autónoma gallega, de las personas emigrantes gallegas retornadas, y se procede a la segunda convocatoria en el año 2021 (código de procedimiento PR937A).

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas dos líneas de subvenciones se destinará un crédito de cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 04.30.312C.470.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2021. Este importe se podrá incrementar en los supuestos previstos en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. A estos efectos, se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Santiago de Compostela, 11 de octubre de 2021

Antonio Rodríguez Miranda
Secretario general de la Emigración