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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 208 Jueves, 28 de octubre de 2021 Pág. 52957

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2021, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Camariñas (expediente-e IN407A 2021/80-1).

Expediente-e: IN407A 2021/80-1.

Promotora: Electra del Gayoso, S.L.

Denominación de la instalación: repotenciación LMTA-subt. a 20 kV Brea-Brañas Verdes.

Ayuntamiento: Camariñas.

Hechos:

1. El día 22.4.2021, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada.

Entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

– Proyecto de ejecución denominado: repotenciación LMTA-subt. a 20 kV Brea-Brañas Verdes.

2. Mediante el Acuerdo de 21 de junio de 2021 de esta jefatura territorial se sometió a información pública la solicitud de autorización administrativa y de construcción, publicándose dicha resolución en el Diario Oficial de Galicia el día 16 de julio y en el Boletín Oficial de la provincia el día 28 de junio, no constando en el expediente ninguna alegación.

3. Se envían las separatas a los organismos afectados que a juicio de Electra del Gayoso, S.L. pudieran estar afectadas:

Ayuntamiento de Camariñas, Augas de Galicia, Servicio de Montes de la Consellería del Medio Rural, Instituto de Estudios del Territorio, UFD Distribución Electricidad, S.A. y Enel Green Power España, S.L.

• Ayuntamiento de Camariñas.

– El día 29.4.2021, se envía solicitud de conformidad de la autorización administrativa y condicionado técnico a la autorización de construcción. A día de hoy no consta en el expediente ninguna contestación a la solicitud, por lo que, de acuerdo con los artículos 127 y 131 del Real decreto 1955/2000, se entiende la conformidad con la autorización de la instalación y con las especificaciones técnicas propuestas por el peticionario en el proyecto de ejecución.

• Augas de Galicia.

– El día 29.4.2021, se envía solicitud de conformidad de la autorización administrativa y condicionado técnico a la autorización de construcción. A día de hoy no consta en el expediente ninguna contestación a la solicitud, por lo que, de acuerdo con los artículos 127 y 131 del Real decreto 1955/2000, se entiende la conformidad con la autorización de la instalación y con las especificaciones técnicas propuestas por el peticionario en el proyecto de ejecución.

• Servicio de Montes de la Consellería del Medio Rural.

– El día 29.4.2021, se envía solicitud de conformidad de la autorización administrativa y condicionado técnico a la autorización de construcción. El organismo emite informe de fecha 1.7.2021. Con fecha de 16.7.2021, Electra del Gayoso, S.L. expresa su conformidad a los condicionados del organismo.

• Instituto de Estudios del Territorio.

– El día 29.4.2021, se envía solicitud de conformidad de la autorización administrativa y condicionado técnico a la autorización de construcción. El organismo emite informe de fecha 25.5.2021. Con fecha de 15.6.2021, Electra del Gayoso, S.L. expresa su conformidad a los condicionados del organismo.

• UFD Distribución Electricidad, S.A.

– El día 29.4.2021, se envía solicitud de conformidad de la autorización administrativa y condicionado técnico a la autorización de construcción. El organismo emite informe de fecha 13.5.2021. Con fecha de 18.6.2021, Electra del Gayoso, S.L. expresa su conformidad a los condicionados del organismo.

• Enel Green Power España, S.L.

– El día 29.4.2021, se envía solicitud de conformidad de la autorización administrativa y condicionado técnico a la autorización de construcción. A día de hoy no consta en el expediente ninguna contestación a la solicitud, por lo que, de acuerdo con los artículos 127 y 131 del Real decreto 1955/2000, se entiende la conformidad con la autorización de la instalación y con las especificaciones técnicas propuestas por el peticionario en el proyecto de ejecución.

4. Los servicios técnicos de la Jefatura Territorial emitieron informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según lo establecido en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, y el artículo 39.a) del Decreto 230/2020, de 23 de diciembre (DOG de 11 de enero de 2021), por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación.

2. La legislación aplicable a este expediente es la que se relaciona a continuación:

a) La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

b) El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

c) El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

d) El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

e) El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

3. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

Cambio de conductor en el tramo aéreo entre los apoyos nº 28 a nº 41, cambiando el conductor LA-30 por 117 AL3, asimismo se proyecta el cambio de todos los apoyos actuales por no soportar los esfuerzos de este nuevo conductor (2.169 m).

Desmantelamiento del tramo de LMTA a der. Brea (IN407A 2013/157-1) entre los actuales apoyos nº 40 y nº 43.

Desmantelamiento del tramo de LMTS, RBTS y CT Brea (IN407A 2018/44-1) desde la arqueta existente (1) al apoyo nº 43. El apoyo nº 43 permanece por formar parte de la RBT con origen en el CT Brea.

Tramo enterrado con origen en el apoyo nº 41 (de la actual línea proyectada) y final en la arqueta existente (1) en conductor RHZ1-2 OL 3×240 mm2 Al.

El presupuesto de la instalación, según el proyecto, es de 150.228,73 €.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

I. Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

II. Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Mediante este documento se le notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 29 de septiembre de 2021

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña