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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 215 Martes, 9 de noviembre de 2021 Pág. 54761

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo

ORDEN de 27 de octubre de 2021 por la que se clasifica de interés cultural la Fundación Pangea Galicia para el Encuentro de las Culturas.

Una vez examinado el expediente de solicitud de clasificación de la Fundación Pangea Galicia para el Encuentro de las Culturas, con domicilio en el Camino Cerdeiros, número 1, en Vigo (Pontevedra).

Hechos:

1. El 13 de julio de 2021, M. Montserrat Estévez David, en representación de la Fundación, presentó solicitud de clasificación, declaración de interés gallego y su correspondiente inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Pangea Galicia para el Encuentro de las Culturas la constituyeron Ana María Silva González, Ana Isabel Naya Díez, Roberto Rodríguez Blanco, Juan Ignacio Espinosa Antón e María Rosa de Celis Fernández, mediante escritura pública otorgada en Vigo (Pontevedra) el 28 de junio de 2021, ante el notario Miguel Lucas Sánchez, con número de protocolo 2.533. Esta escritura fue enmendada por otra otorgada en la misma localidad el 28 de septiembre de 2021, ante el notario Julio Manuel Díaz Losada, con número 2.590 de su protocolo.

3. La Fundación, según el artículo 6 de sus estatutos, tiene por objeto «el desarrollo de fines culturales, concretamente fomentando el diálogo multicultural entre los visitantes que realizan el Camino de Santiago como base de la inclusión de la diversidad, la no discriminación, la no violencia y la hermandad entre los seres humanos».

4. El Patronato inicial de la Fundación está formado por Ana María Silva González, como presidenta; Ana Isabel Naya Díez, como vicepresidenta; Roberto Rodríguez Blanco, como secretario; Juan Ignacio Espinosa Antón, como tesorero, y María Rosa de Celis Fernández, como vocal.

5. La Comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia, Justicia y Turismo propuesta de clasificación como de interés cultural de la Fundación Pangea Galicia para el Encuentro de las Culturas, en base a las materias que constituyen su objeto fundacional.

6. En la escritura de constitución consta la identidad de los fundadores, la dotación inicial, los estatutos y la identificación de los miembros del Patronato.

7. De conformidad con el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y según propuesta de la Comisión de secretarios generales, procede su clasificación como de interés cultural y su adscripción a la Consellería de Cultura, Educación y Universidad.

Consideraciones legales:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. La escritura de constitución de la Fundación contiene los datos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

3. Según establece el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, corresponde a esta Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo, la clasificación de la Fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá las funciones de protectorado.

De conformidad con lo expuesto, y considerando que se cumplen las condiciones establecidas por la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de secretarios generales, en su reunión del día 18 de octubre de 2021,

DISPONGO:

Clasificar de interés cultural la Fundación Pangea Galicia para el Encuentro de las Culturas, adscribiéndola al protectorado de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y previamente y con carácter potestativo se podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 27 de octubre de 2021

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente primero y conselleiro de Presidencia, Justicia y Turismo