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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 220 Martes, 16 de noviembre de 2021 Pág. 56353

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 153/2021, de 29 de octubre, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción de sendas en la AC-433 (antigua traza), en Soesto y Serantes, en el ayuntamiento de Laxe (clave AC/19/129.06).

Antecedentes.

Primero. Con fecha de 30 de junio de 2021 se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 123 el Anuncio de 22 de junio de 2021 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción de sendas en la AC-433 (antigua traza) en Soesto y Serantes, de clave AC/19/129.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Segundo. Tras el análisis de los informes, alegaciones y certificados presentados, el 14 de octubre de 2021 se aprueba el expediente de información pública y el proyecto de construcción de sendas en la AC-433 (antigua traza) en Soesto y Serantes, de clave AC/19/129.06.

El objeto del presente proyecto consiste en conseguir una circulación segura de los viandantes dotando a los tramos de una mayor seguridad viaria.

La senda en Soesto se proyecta por el margen izquierdo de la AC-433, margen con la mayor urbanización y la que se emplea para ir a la playa de Soesto, entre los puntos kilométricos (pp.kk.) aproximados 10+240 al 10+821. La senda de Serantes se proyecta entre los pp.kk. 11+390 al 12+112, por el margen derecho de la carretera, con la finalidad de garantizar un itinerario continuo y facilitar la comunicación con la iglesia de Santa María de Serantes y con el cementerio.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintinueve de octubre de dos mil veintiuno,

DISPONGO:

Artículo único

Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción de sendas en la AC-433 (antigua traza) en Soesto y Serantes, de clave AC/19/129.06.

Santiago de Compostela, veintinueve de octubre de dos mil veintiuno

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad