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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Viernes, 3 de diciembre de 2021 Pág. 59193

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hace público el procedimiento para la acreditación de los méritos correspondientes a la fase de concurso del proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1.

En virtud de la Orden de 7 de enero de 2020 (DOG núm. 21, de 31 de enero) se convocó el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1. En dicha orden se establece como sistema selectivo el concurso-oposición.

La base II.3 de la convocatoria dispone que los méritos correspondientes a la fase de concurso deberán referirse a la fecha de publicación de la convocatoria y deberán acreditarse de conformidad con el procedimiento que establezca la Dirección General de la Función Pública y que será publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

En cumplimiento de la previsión anterior, y con el objeto de que las personas aspirantes que superen la fase de oposición de este proceso selectivo puedan acreditar los méritos con los que cuenten en la fase de concurso, esta dirección general

RESUELVE:

Primero

Publicar el procedimiento a seguir para la acreditación de los méritos correspondientes a la fase de concurso del proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1.

De acuerdo con lo establecido en la base II.3 de la convocatoria, los méritos a baremar en la fase de concurso deberán referirse a la fecha de publicación en el DOG de la convocatoria, que fue el 31 de enero de 2020.

Segundo

En el plazo de los 10 días hábiles siguientes al de la publicación de la presente resolución en el DOG, las personas aspirantes actuarán de la siguiente manera:

Deberán acceder a la siguiente página web: https://www.xunta.gal/funcion-publica/expediente-administrativo, en la que podrán comprobar los méritos que tienen registrados en su expediente electrónico.

Para acceder podrán emplear cualquiera de los siguientes métodos de acceso:

• Certificado electrónico.

• Chave365.

• Para el personal con destino en la actualidad en la Xunta de Galicia, el usuario/clave del directorio electrónico de la Xunta de Galicia.

Una vez que accedan a la aplicación informática, podrán generar el impreso de conformidad o el impreso de enmienda, a partir de los datos que constan en su expediente personal.

Comprobados los datos que figuran en su expediente electrónico, la persona interesada podrá validarlos o tramitar su disconformidad.

a) En el supuesto de estar conforme con los datos consultados, los validará sin hacer ningún cambio, cerrará el impreso y realizará la presentación electrónica.

En el apartado «Motivo por el cual hace la solicitud» deberá elegir la opción «2. Fase de concurso de proceso selectivo».

Para la presentación de la solicitud, la persona interesada deberá presionar en el botón «Cerrar y presentar impreso de conformidad».

A continuación, podrá generar en formato PDF su impreso de conformidad, en el que se visualizará el número de registro y la fecha de presentación como justificante de la presentación.

b) En el supuesto de mostrar su disconformidad por no estar de acuerdo con alguno o algunos de los datos, por no constar, ser erróneos o incompletos, la persona interesada deberá completar o corregir la información registrada y generar un impreso de enmienda.

En el apartado «Motivo por el cual hace la solicitud» deberá elegir la opción «2. Fase de concurso de proceso selectivo».

En el apartado «Datos de su unidad de personal», en el campo «Nombre» deberá escribir «Dirección General de la Función Pública» y en el campo de «Dirección» deberá escribir «Edificio Administrativo de San Caetano, Santiago de Compostela».

Al finalizar las correcciones, modificaciones o inclusiones de nuevos datos, la persona interesada cerrará su solicitud presionando en el botón «Cerrar y generar impreso de enmienda».

La persona interesada deberá firmar el impreso de enmienda y deberá remitirlo a la Consellería de Hacienda y Administración Pública, Dirección General de la Función Pública, Edificio Administrativo de San Caetano, Santiago de Compostela, y deberá adjuntar toda la documentación válida para justificar los méritos añadidos o modificados, de conformidad con lo establecido en el punto cuarto de esta resolución.

Si la persona interesada no puede acceder a la aplicación informática podrá ponerse en contacto con el servicio informático de la Dirección General de la Función Pública, en el teléfono 881 99 98 83.

Tercero

Los datos reflejados en el impreso de conformidad o en el impreso de enmienda serán los que podrá valorar el tribunal en la baremación de la fase de concurso y siempre referidos a la fecha que se establece en el punto primero de esta resolución.

Cualquier impreso de conformidad o de enmienda y la documentación justificativa de los méritos que no reúna los requisitos o que fuese registrado fuera del plazo establecido en el apartado segundo de esta resolución se tendrá por no presentado.

Todos los datos reflejados en el expediente administrativo de las personas interesadas y que ya consten validados con anterioridad serán los que tenga en cuenta el tribunal en la baremación de la fase de concurso, siempre que estén referidos a la fecha que se establece en el punto primero de esta resolución.

Por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva no se admitirá, una vez finalizado el plazo de presentación de instancias y a los efectos de su valoración en este proceso, ninguna documentación acreditativa de nuevos méritos aunque consten registrados en el expediente electrónico, excepto aquella documentación que, justificando documentalmente fue solicitada por la persona interesada al organismo o entidad competente en el plazo de presentación de solicitudes o en un momento anterior, no fuese recibida por la persona interesada en el indicado plazo, supuesto en que se admitirá su presentación hasta el momento de la finalización del plazo para la presentación de reclamación a la baremación provisional.

Fuera de este supuesto y plazo no se admitirá la presentación de ninguna documentación acreditativa de nuevos méritos.

Las personas interesadas que, con anterioridad a la fecha de publicación de esta resolución en el DOG, registrasen en el sistema informático la validación de algún mérito en el expediente electrónico y que se encuentre pendiente de validar, deberán presentar, en su caso, dentro del plazo de presentación de solicitudes, la documentación complementaria para acreditar debidamente los méritos alegados.

La petición de valoración de cursos se acreditará mediante copia auténtica u original del certificado de asistencia al curso en que deberá constar el organismo o entidad que organizó e impartió dicha actividad formativa, las fechas de realización, contenido del curso y número de horas lectivas.

A los títulos o certificaciones que estén redactados en un idioma distinto a cualquiera de los oficiales de la Comunidad Autónoma de Galicia deberá adjuntarse su traducción al castellano o al gallego, que deberá ser efectuada:

a) Por traductor jurado, debidamente autorizado o inscrito en España.

b) Por cualquier representación diplomática o consular del Estado español en el extranjero.

c) Por la representación diplomática o consular en España del país de que es ciudadana la persona interesada.

Cuarto. Remisión de la documentación acreditativa de los méritos alegados

Toda la documentación válida para justificar los méritos añadidos o modificados por la persona interesada en su expediente administrativo deberá ser remitida a la Consellería de Hacienda y Administración Pública, Dirección General de la Función Pública, Edificio Administrativo de San Caetano, Santiago de Compostela, teniendo en cuenta lo siguiente:

Los certificados firmados electrónicamente y los documentos electrónicos podrán remitirse a través del registro electrónico. La persona solicitante, para la remisión electrónica, empleará el modelo con el código PR004A, previsto en la Orden de 4 de mayo de 2017 que aprueba la puesta en funcionamiento del servicio para la presentación electrónica de solicitudes, escritos y comunicaciones que no contienen un sistema electrónico específico, habilitado en la sede electrónica de la Xunta de Galicia en la dirección https://sede.xunta.gal. O bien presentará la documentación en las oficinas de Registro de la Xunta de Galicia y en los demás lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Si la documentación que se presente es un documento original en papel o carece de firma electrónica y/o validación electrónica, deberá presentarse en las oficinas de registro de la Xunta de Galicia y en los demás lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para que el personal funcionario del registro acredite que es copia electrónica auténtica del documento.

La documentación acreditativa de los méritos deberá presentarse en el orden que figura cada uno de los méritos en la solicitud de validación.

Las personas interesadas que lo deseen pueden hacer uso del modelo incluido en esta resolución como anexo II.

Quinto. Acreditación del grado personal consolidado y formalizado y del ejercicio de los derechos de conciliación para las personas aspirantes que prestaran servicio en la Xunta de Galicia

a) El grado personal consolidado y formalizado establecido en la base II.2 será comprobado de oficio por la Dirección General de la Función Pública.

b) Para acreditar el ejercicio de los derechos de conciliación establecidos en la base II.2, las personas aspirantes presentarán certificación según el modelo que figura como anexo I a esta resolución, que será expedida y debidamente firmada por las unidades siguientes, de acuerdo con el destino de cada aspirante en el día de publicación de esta resolución en el DOG:

– Servicios centrales: las personas titulares de la secretaría general técnica, subdirección general o jefatura del servicio que tengan atribuidas funciones en materia de gestión de personal, dependientes de la secretaría general técnica de la consellería respectiva, o titulares de los órganos o unidades equivalentes de las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico.

– Servicios periféricos: las personas titulares de las jefaturas territoriales o, en su caso, personal funcionario responsable del área de personal de las jefaturas territoriales de la consellería respectiva, o de las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico.

Sexto. Acreditación del grado personal consolidado y formalizado y del ejercicio de los derechos de conciliación para las personas aspirantes que prestaran servicio en otras administraciones públicas distintas de la Xunta de Galicia

En este caso, la justificación de los méritos alegados por las personas aspirantes se hará mediante la presentación de la certificación según el modelo que figura como anexo I a esta resolución, que será expedida y debidamente firmada por las personas titulares de las unidades de la Administración pública en la que prestaran servicios y que tengan atribuidas funciones en materia de gestión de personal.

Séptimo. Acreditación del ejercicio de los derechos de conciliación para las personas aspirantes que no prestasen servicio en alguna Administración pública

En este caso, la justificación de los méritos alegados por las personas aspirantes se hará mediante la presentación de la certificación emitida por la Seguridad Social.

Octavo

Los certificados acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega deberán registrarse en el apartado «Gallego y grado» del expediente electrónico y deberá remitirse la documentación que lo acredite, salvo que ya conste este título como validado en el expediente electrónico.

Santiago de Compostela, 30 de noviembre de 2021

José María Barreiro Díaz
Director general de la Función Pública

ANEXO I

MODELO DE CERTIFICADO DEL EJERCICIO DE DERECHOS DE CONCILIACIÓN

Méritos que se hacen constar relativos a la fase de concurso.

Datos de la persona certificadora:

Nombre

Cargo y entidad

CERTIFICA que, según los datos que constan en este centro directivo, ____________________________________________________, con DNI __________________________, tiene acreditados los siguientes méritos:

Base II.2. Ejercicio de derechos de conciliación en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria del proceso selectivo en el DOG:

Permiso por parto, adopción, acogimiento o nacimiento

Desde

Hasta

Reducción de jornada artículo 106.2.a) y b) de la LEPG o excedencia por cuidado de familiares

Desde

Hasta

Lo que hago constar para los correspondientes efectos de participación en el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1, convocado por la Orden de 7 de enero de 2020 (DOG núm. 21, de 31 de enero) y firmo esta certificación en __________________________, ____ de ____________ de 2021.

ANEXO II

MODELO DE INSTANCIA DE REMISIÓN DE DOCUMENTOS

Don/doña ___________________________________________________________________, con DNI/NIE número____________________, y con domicilio a efectos de notificación en ___________________________________________________________________ en el ayuntamiento de ________________________, código postal _________, provincia de ______________________, teléfono de contacto ___________________ y correo electrónico __________________________, adjunta la documentación acreditativa de los méritos alegados en la fase de concurso del proceso selectivo para el acceso al cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1, convocado por la Orden de 7 de enero de 2020 (DOG núm. 21, de 31 de enero).

(Fecha y firma)

DIRECCIÓN GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

Servicio de Selección

Consellería de Hacienda y Administración Pública

Edificio Administrativo San Caetano

15781 Santiago de Compostela