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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 237 Lunes, 13 de diciembre de 2021 Pág. 60483

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

ANUNCIO de 25 de noviembre de 2021, del Servicio de Movilidad de Pontevedra, por el que se notifica el acuerdo de incoación de expediente sancionador en materia de transportes terrestres (expediente PO-01064-O-2021 y tres más).

La persona titular del Servicio de Movilidad de Pontevedra acordó la incoación del expediente sancionador PO-01064-O-2021 y tres más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia (DOG). En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.

Son informadas de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Pontevedra.

Se les otorga un plazo de quince (15) días hábiles, contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE, para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.

En el supuesto de que decidan voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta (30) días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la finalización del procedimiento sancionador.

Pontevedra, 25 de noviembre de 2021

José Jorge Martínez Fernández
Jefe del Servicio de Movilidad

ANEXO

Expediente

Matrícula

DNI/CIF denunciado

Infracción denunciada

Fecha-hora-carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción propuesta

PO-01064-O-2021

3289-BJV

76984064M

Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante.

15.1.2021; 8.15

AP-9 incorporacion Peinador; 157,4

Artículo 141.25 en relación con el artículo 140.1 de la LOTT

Artículo 143.1.k) en relación con la letra f) de la LOTT

801 euros

PO-01168-O-2021

7625-JHK

39462079J

No llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio.

5.2.2021; 13.3; N-525; 295,0

Artículo 199.9 del ROTT

Artículo 142.8 de la LOTT

Artículo 201.b) del ROTT

Artículo 143.1 de la LOTT

201 euros

PO-01505-O-2021

3289-BJV

76984064M

Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante.

18.3.2021; 10.27; N-556; 7,9

Artículo 141.25 en relación con el artículo 140.1 de la LOTT

Artículo 143.1.k) en relación con la letra f) de la LOTT

801 euros

PO-01507-O-2021

3289-BJV

76984064M

Exceso de peso igual o superior al 25 %.

18.3.2021; 10.24; N-556; 7,9

Artículo 140.23 de la LOTT

Artículo 197.26 del ROTT

Artículo 143.1.c) de la LOTT

Artículo 201.h) del ROTT

Artículo 143.1 de la LOTT

2.001 euros