Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de la autorización administrativa de construcción de las instalaciones eléctricas que a continuación se describen, tal y como se recogen en el proyecto firmado en Ourense por el ingeniero técnico industrial Antonio Javier Sabín Vázquez, colegiado nº 2233 del COETICOR, el día 27.5.2021, quien acredita su habilitación y competencia mediante declaración responsable firmada el 28.5.2021.
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.; CIF: A63222533.
Domicilio: A Batundeira, nº 2, Velle, 32960 Ourense.
Denominación: ampliación de potencia del CT 32CH92 Fumaces y RBT en el lugar de Fumaces (Riós).
Situación: ayuntamiento de Riós (Ourense).
Presupuesto: 9.748,54 €.
Características técnicas:
• Aumento de potencia del CT Fumaces de tipo convencional en caseta de obra civil, matrícula 32CH92, del expediente núm. IN407A 2016/170-3, que pasa de 50 a 100 kVA de potencia aparente, con R/T 20.000/400-230 V, y de la aparamenta asociada; material aislante en aceite mineral. El CT está alimentado desde la LMTA VII807 Vilardevós existente.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria, de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, do 26 de febrero), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba señalado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten de aplicación y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.
Ourense, 18 de noviembre de 2021
Pablo Fernández Vila
Jefe territorial de Ourense