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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Martes, 21 de diciembre de 2021 Pág. 63224

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

ACUERDO de 14 de diciembre de 2021, de la Jefatura Territorial de Lugo, por el que se someten a información pública las solicitudes de autorización administrativa previa y de construcción, el estudio de impacto ambiental y el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (de interés autonómico) en relación con el proyecto de modificación del parque eólico Mondigo, en los ayuntamientos de Trabada y Ribadeo (Lugo) (expediente LU 2011/133-EOL).

El 8.6.2011, la empresa promotora Esus Energía Renovable, S.L. presentó solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución e inclusión en el régimen especial; el día 13 siguiente presenta solicitud de aprobación del proyecto sectorial y, el 23.6.2011, la solicitud de declaración de utilidad pública para la ejecución del parque eólico Mondigo.

El día 12.8.2013, la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental formuló la declaración de impacto ambiental relativa al parque eólico, que se hizo pública mediante Resolución de 9 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Energía y Minas (DOG nº 184, de 26 de septiembre).

Mediante Resolución de 7 de enero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, se autorizan las instalaciones, se aprueba el proyecto de ejecución y se declara la utilidad pública, en concreto, así como la compatibilidad con diversos derechos mineros, del parque eólico Mondigo, situado en los ayuntamientos de Trabada, Barreiros y Ribadeo (DOG nº 74, de 16 de abril).

El día 25.9.2014, por Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, se aprobó definitivamente el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal de dicho parque eólico, lo que se hizo público mediante Resolución de 29 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas (DOG nº 81, de 30 de abril de 2015).

El 23.2.2021, Esus Energía Renovable, S.L. presentó una solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de instalaciones de producción de energía eléctrica y sus infraestructuras de evacuación (procedimiento IN408A), para la modificación del proyecto denominado parque eólico Mondigo (expediente LU 11/133-EOL), al amparo de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental.

Por Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales, se declaró la tramitación de urgencia de los procedimientos administrativos correspondientes al parque eólico Mondigo, promovido por Esus Energía Renovable, S.L., lo que supone la reducción a la mitad de los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

El 26 de octubre de 2021, la citada dirección general remitió a esta jefatura territorial los trámites por ella realizados junto con el expediente, calificando la modificación formulada por la empresa para el proyecto como sustancial, en orden a continuar con la tramitación.

De acuerdo con lo expuesto, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental (modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia); en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con la instalación que se describe a continuación:

Solicitante/promotora: Esus Energía Renovable, S.L.

Domicilio social: avenida Diagonal, 407 bis, planta 11, 08008 Barcelona.

Denominación del proyecto: proyecto de ejecución modificación parque eólico Mondigo.

Situación: ayuntamientos de Trabada y Ribadeo (Lugo).

Áreas de desarrollo eólico (ADE): Mondigo.

Potencia instalada: 45 MW.

Número de aerogeneradores a instalar: 13.

Producción neta anual estimada: 148.057 MWh/año.

Presupuesto de ejecución material: 29.612.524,97 €.

Coordenadas perimétricas de la poligonal del parque eólico:

Vértice

Datum ETRS89 (huso 29)

UTM-X

UTM-Y

M1

649.877,641

4.812.808,637

M2

652.209,541

4.812.808,637

M3

652.209,541

4.817.011,807

M4

643.310,606

4.817.011,807

M5

643.310,606

4.811.581,635

M6

647.213,571

4.811.581,635

Coordenadas de emplazamiento de los aerogeneradores:

Aerogenerador

Datum ETRS89 (huso 29)

Ayuntamiento

UTM-X

UTM-Y

1

650.648

4.813.154

Trabada

2

650.691

4.813.721

Trabada

3

650.731

4.814.128

Trabada

4

650.318

4.814.223

Trabada

5

650.771

4.815.232

Ribadeo

6

650.396

4.815.251

Ribadeo

7

649.606

4.815.462

Ribadeo

8

649.455

4.816.127

Ribadeo

9

647.147

4.813.299

Trabada

10

646.722

4.813.306

Trabada

11

646.460

4.813.535

Trabada

12

646.298

4.813.836

Trabada

13

645.716

4.814.342

Trabada

Coordenadas de localización de la SET:

Vértice

Datum ETRS89 (huso 29)

UTM-X

UTM-Y

1

645.623,709

4.814.441,986

2

645.684,303

4.814.445,848

3

645.686,055

4.814.418,346

4

645.649,018

4.814.415,986

5

645.648,658

4.814.421,622

6

645.625,093

4.814.420,257

Características técnicas principales de las instalaciones:

– Trece (13) aerogeneradores, modelo GE137 3.8 MW del fabricante General Electric, de 3.800 kW de potencia nominal, que deberá ser convenientemente limitada para que la potencia nominal instalada no supere los 45 MW. Los aerogeneradores tendrán una altura de buje de 110 metros y un diámetro de rotor de 137 metros.

– Trece (13) centros de transformación, instalados unitariamente en el interior de cada aerogenerador, de 4.126 kVA de potencia aparente y relación de transformación 0,69/30 kV con su correspondiente equipamiento de seccionamiento, maniobra y protección.

– Red colectora subterránea de 30 kV, formada por tres circuitos con conductor tipo AL HEPRZ1 18/30 kV, para la interconexión de los centros de transformación 0,69/30 kV con la SET 30/132 kV del parque, con objeto de evacuar la energía generada. La red también cuenta, para la señalización y maniobra del parque desde el edificio de control, con cable óptico tipo monomodo (9/125 µm) o multimodo (50/125 µm) según las distancias.

– Subestación eléctrica transformadora (SET) parque eólico Mondigo 30/132 kV, con edificio de control, transformador de potencia trifásico de 55/62,5 MVA ONAN/ONAF, transformador de servicios auxiliares de 400 kVA de potencia nominal y relación de transformación 30/0,4 kV, así como grupo electrógeno de 68 kVA 400/230 V y 50 Hz, equipos de seccionamiento, medida, protección, telemando y demás elementos auxiliares. El recinto de la SET se encuentra en el ayuntamiento de Trabada (Lugo).

Órgano competente: el órgano competente para autorizar el proyecto de la referida instalación eléctrica es la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales.

Procedimiento de evaluación ambiental: el proyecto de la referida instalación eléctrica está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo establecido en el artículo 7.1.a) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Objeto de la información pública:

– Proyecto de ejecución, modificación (de noviembre de 2021), de las instalaciones para los efectos de su autorización administrativa previa y de construcción.

– Estudio de impacto ambiental, modificación (de octubre de 2021).

– Proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (de interés autonómico), modificación (de enero de 2021).

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 33 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental y demás normas anteriormente citadas, para conocimiento general, y para que todas aquellas personas, naturales o jurídicas, que se consideren afectadas en sus derechos o intereses, puedan examinar la documentación técnica anteriormente relacionada y, en su caso, presentar las alegaciones que estimen oportunas dentro del plazo de quince (15) días, que se contará a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.

La documentación estará a disposición de las personas interesadas en formato electrónico, en las dependencias de la Sección de Energía de esta Jefatura Territorial de Lugo de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación (ronda de la Muralla, núm. 70, bajo 2º, 27071 Lugo), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, con cita previa en el correo electrónico enerxia.lugo@xunta.gal o en los teléfonos 982 29 46 54 e 982 88 90 87, así como en los ayuntamientos de Trabada y Ribadeo (Lugo).

Además, se podrá consultar en el portal web de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación a través del siguiente enlace:

https://ceei.xunta.gal/transparencia/parque-eolico/mondigo

Lugo, 14 de diciembre de 2021

El jefe territorial de Lugo
P.A. (Decreto 230/2020, de 23 de diciembre)
Juan Carlos Morán del Pozo
Jefe del Servicio de Administración Industrial