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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Viernes, 21 de enero de 2022 Pág. 3797

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 28 de diciembre de 2021 por la que se notifica el acuerdo de inicio de procedimiento administrativo sancionador del expediente 13022021005.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante, LPAC), se notifica al denunciado cuyos datos personales se mencionan en el anexo, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, el acuerdo de inicio del procedimiento administrativo sancionador por presunta infracción del Real decreto legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de puertos del Estado y de la marina mercante, en relación con el Reglamento de servicio y policía de los puertos aprobado por la Orden ministerial de 12 de junio de 1976, por no ser posible la notificación en el domicilio.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

El órgano competente para la resolución del expediente es el director del ente público, de acuerdo con la tipificación y cuantía de la sanción, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 39.1º.a) del Decreto 227/1995, de 20 de julio, que aprueba el Reglamento del ente público Puertos de Galicia.

De acuerdo con el artículo 64.2.f) de la LPAC, dispone de un plazo de quince (15) días a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo, para formular alegaciones y, en su caso, proponer prueba ante el instructor, concretando los medios de los que pretenda valerse y citando el número de expediente.

Asimismo, y con anterioridad al trámite de audiencia, se podrán formular alegaciones y aportar los documentos que se estimen convenientes.

De no efectuarse alegaciones en el plazo antes mencionado, este acuerdo, por aplicación de lo establecido en el artículo 62.2.f) de la LPAC, será considerado propuesta de resolución.

De reconocer voluntariamente su responsabilidad, se resolverá el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda.

Podrá procederse al pago voluntario de la multa con una reducción del 20 por ciento sobre el importe de la sanción propuesta, mediante ingreso en cualquier oficina de las entidades de depósito colaboradoras (Banco Sabadell/Gallego, Banco Pastor, Banesto, BBVA, BSCH y Abanca), utilizando el modelo de impreso que se facilitará en los servicios centrales de Puertos de Galicia y presentándolo en cualquier entidad bancaria; el pago reducido comporta la renuncia a formular alegaciones, la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución y la imposibilidad de interposición de recurso en vía administrativa.

Por otra parte, dispone de un plazo máximo de diez (10) días a contar desde la publicación del presente acuerdo para identificar, en el caso de que no hubiese sido usted, al conductor del vehículo en la fecha y hora de la denuncia, indicando su nombre, apellidos y documento nacional de identidad, así como el domicilio a efectos de notificaciones. Usted responderá personalmente, cuando no sea posible dicha notificación por alguna causa que le sea imputable e, igualmente, cuando se oculte información o la facilitada sea falsa o deliberadamente incorrecta.

Santiago de Compostela, 28 de diciembre de 2021

Roi Fernández Añón
Director general de Puertos de Galicia

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciante

DNI denunciado

Hecho denunciado

Fecha; hora; puerto

Precepto infringido

Precepto sancionador

Sanción propuesta

Sanc. 13022021005

1133-HTD

Guardia Civil

35434824N

Estacionamiento prohibido

4.5.2021; 13.35; Carril (Pontevedra)

Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia (LPG)

Artículo 137 de la LPG

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