Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Viernes, 21 de enero de 2022 Pág. 3549

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 175/2021, de 23 de diciembre, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción de glorieta y de acondicionamiento de travesía en la AC-550, en los puntos kilométricos 71+100-72+400, en el ayuntamiento de Noia (clave AC/20/077.06).

Antecedentes:

Primero. En fecha 17 de agosto de 2021 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (núm. 157) el Anuncio de 26 de julio de 2021 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción de glorieta y de acondicionamiento de travesía en la AC-550, p.k. 71+100-72+400 (Noia), de clave AC/20/077.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referido.

Segundo. Tras el análisis de los informes, alegaciones y certificados presentados, el 9 de diciembre de 2021 se aprueba el expediente de información pública y el proyecto de construcción de glorieta y de acondicionamiento de travesía en la AC-550, p.k. 71+100-72+400 (Noia), de clave AC/20/077.06.

El objeto del presente proyecto consiste en la mejora de la seguridad vial en el entorno del p.k. 71+100 de la carretera AC-550, mediante la construcción de una glorieta en la intersección existente actualmente en ese punto (intersección en cruz sin canalizar) y el acondicionamiento del tramo comprendido entre el p.k. 71+100 y 72+400 de la misma carretera. Para esto se llevará a cabo la renovación de la capa de rodadura de la calzada y la redistribución de anchuras de la sección transversal, dotándola de un itinerario peatonal accesible en uno de los márgenes del tramo considerado. Se realizará también el acondicionamiento de los ramales de acceso a la nueva glorieta.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno,

DISPONGO:

Artículo único

Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción de glorieta y de acondicionamiento de travesía en la AC-550, p.k. 71+100-72+400 (Noia), de clave AC/20/077.06.

Santiago de Compostela, veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad