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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 19 Viernes, 28 de enero de 2022 Pág. 5750

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2022 por la que se convocan cursos para personal de la Administración local de Galicia.

De acuerdo con el Convenio de colaboración suscrito entre la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante, EGAP) y la Diputación Provincial de Ourense para el desarrollo de actividades de formación, divulgación e investigación,

RESUELVO:

Convocar los cursos que figuran en el anexo II, que deberán desarrollarse según las bases detalladas en el anexo I.

Santiago de Compostela, 20 de enero de 2022

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO I

Primera. Requisitos del personal participante

Podrán participar en las acciones formativas convocadas en esta resolución los/las empleados/as públicos/as de la Administración local de Galicia, que se encuentren en situación de servicio activo (incluido permiso por maternidad o del progenitor distinto de la madre biológica por nacimiento, adopción o acogimiento o excedencia por el cuidado de un/una hijo/a o familiar) y que reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria y para cada uno de los casos en el anexo II.

Segunda. Desarrollo de las actividades de formación

Las actividades formativas se realizarán con los requerimientos, la duración y las condiciones que para estas actividades se indiquen en la convocatoria. La información relativa al desarrollo de las actividades, así como sus posibles modificaciones, será actualizada y ampliada en la página web <https://egap.xunta.gal>

Tercera. Solicitudes y plazos

1. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta el 8 de febrero de 2021.

2. Las solicitudes de participación en las actividades formativas solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula> desde las 8.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes hasta las 23.55 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud, no tengan cubiertos correctamente los datos precisos para la realización del proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de las actividades solicitadas y pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

5. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil y al tratarse de actividades impartidas en la modalidad de teleformación deberán disponer de un equipo informático que cumpla los siguientes requisitos técnicos:

– Un ordenador con conexión a internet.

– Un navegador web actualizado.

6. Las personas que necesiten acreditar circunstancias específicas (discapacidad, permiso de maternidad, etc.) de acuerdo con los criterios de selección podrán remitirle a la EGAP la correspondiente documentación complementaria, junto con una copia del formulario de la matrícula, a la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). Dicha documentación deberá enviarse por una única de las vías indicadas; en el caso contrario solo serán considerados los datos recibidos por correo electrónico. La documentación deberá presentarse dentro del plazo señalado en el punto 1 de esta base.

7. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través de los números de teléfono 981 54 62 57 y 981 54 63 35 y de la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal> en horario de atención al público (de 9.00 a 14.00 horas).

Cuarta. Comprobación de datos

1. Para la tramitación del procedimiento se consultarán automáticamente los datos de las personas interesadas necesarios para realizar el proceso de selección de las actividades formativas.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta deberán indicarlo expresamente y enviar los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

4. La presentación de la solicitud comportará la autorización de la persona solicitante al órgano gestor para pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios de la EGAP.

Quinta. Criterios de selección

Los criterios que serán empleados son los señalados con carácter general en la Resolución de la EGAP de 4 de enero de 2008 (DOG núm. 7, de 10 de enero de 2008), dándose preferencia a los solicitantes que presten servicios en la Administración local de la provincia de Ourense.

A efectos de lo previsto en el punto segundo de la citada resolución, el baremo que se empleará para la selección se establece sobre una base de 100 puntos, de los que el 60 % estará vinculado al número de horas de formación recibidas en los dos últimos años y el 40 % restante a la antigüedad en la Administración.

Los empates se desharán de acuerdo con el resultado del sorteo al que se refiere el artículo 9 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 95/1991, de 20 de marzo (DOG núm. 58, de 25 de marzo).

Sexta. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado

1. La EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> una relación de las personas seleccionadas para participar en dicho curso, así como un número adecuado de reservas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

El plazo de presentación de alegaciones será de diez días desde su publicación de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Se entenderá que las personas que no figuren en la relación fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria u ocupan un puesto más alejado en el listado de espera.

2. Después de transcurrir el plazo de alegaciones, la EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> el listado definitivo de personas admitidas en el curso. Contra este listado se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde dicha publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Séptima. Cambios o sustituciones en la selección. La renuncia y asistencia y el seguimiento de la actividades formativas

1. Los cambios o las sustituciones en la selección:

En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. La renuncia:

a) Las personas seleccionadas solo podrán renunciar a la actividad formativa:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.

– Por razones de conciliación familiar.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP con una antelación de tres días anteriores al inicio de la actividad formativa. En la página web de la escuela está disponible un modelo de renuncia.

Para ello se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>

Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. Seguimiento de las actividades de teleformación:

Las personas que no completen el 50 % de las actividades y tareas propuestas por la tutoría pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Octava. Superación de la actividad formativa

Para poder superar la actividad de formación, el alumnado deberá en primer lugar, realizar todas las actividades que el/la tutor/a proponga. Estas deben constar debidamente presentadas en los plazos estipulados en la programación didáctica del curso. La no superación de las actividades obligatorias supondrá la pérdida automática del derecho a participar en la prueba de evaluación final.

En segundo lugar, el alumnado deberá superar una prueba de evaluación que se realizará en línea al final de ella.

Al inicio de la actividad formativa se publicará el correspondiente programa en la plataforma de teleformación y se indicarán las pruebas de evaluación previstas, así como las fechas en que las mismas tendrán lugar. La EGAP informará a través de su página web y también a través de la plataforma de teleformación de las fechas concretas y de las horas de la prueba final.

Novena. Certificados

Para la obtención del certificado de aprovechamiento el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, el cual emitirá un informe en que declare apto/a o no apto/a cada alumno/a en función del resultado de la prueba de evaluación.

Décima. Facultades de la EGAP

1. La EGAP y la Diputación Provincial de Ourense podrán modificar el desarrollo, las fechas y los lugares de las actividades formativas, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir.

2. En el supuesto de que el número de admitidos/as sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP y la Diputación Provincial de Ourense se reservan el derecho a suspender o cancelar la actividad, caso en el que empleará los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

3. La EGAP y la Diputación Provincial de Ourense garantizarán en la totalidad de las actividades derivadas de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

ANEXO II

Código: CV22011.

Básico de aplicaciones informáticas de hojas de cálculo con Microsoft Excel.

1. Objetivos.

1) Gestionar hojas de cálculo con habilidad empleando las funciones habituales en todas aquellas actividades que requieran tabulación y tratamiento aritmético-lógico y/o estadístico de datos e información, así como su presentación en gráficos.

2) Identificar las prestaciones, procedimientos y asistentes de la hoja de cálculo describiendo sus características.

3) Describir las características de protección y seguridad en hojas de cálculo.

4) Confeccionar gráficos estándar y/o dinámicos, a partir de rangos de celdas de la hoja de cálculo, optando por el tipo que permita la mejor comprensión de la información y de acuerdo con la actividad a desarrollar, a través de los asistentes disponibles en la aplicación.

5) Importar y/o exportar datos a las aplicaciones de procesamiento de textos, bases de datos y presentaciones.

2. Destinatarios/as.

El curso va dirigido al:

• Personal al servicio de la Administración local que tenga que emplear el ordenador para incrementar la eficacia y la productividad de su trabajo.

• Personal de las entidades locales que tenga que emplear el ordenador para la gestión de datos.

• Personal de las corporaciones locales que realice labores administrativas con mecanización informática y que deba manejar hojas de cálculo en su puesto de trabajo.

3. Desarrollo.

Modalidad: teleformación.

Duración: 50 horas.

Ediciones: una.

Fechas: de 21 de febrero al 8 de abril de 2022. Prueba final en línea: el día 8 de abril a las 17.00 horas.

Plazas: 20.

4. Contenido.

1) Conceptos generales y características fundamentales de la aplicación de hoja de cálculo.

2) Desplazamiento por la hoja de cálculo.

3) Introducción de datos en la hoja de cálculo.

4) Edición y modificación de la hoja de cálculo.

5) Almacenamiento y recuperación de un libro.

6) Operaciones con rangos.

7) Modificación de la apariencia de una hoja de cálculo.

8) Fórmulas.

9) Funciones.

10) Inserción de gráficos, para representar la información contenida en las hojas de cálculo.

11) Inserción de otros elementos dentro de una hoja de cálculo.

12) Impresión.

13) Trabajo con datos.

14) Utilización de las herramientas de revisión y trabajo con libros compartidos.

15) Importación desde otras aplicaciones del paquete informático.

16) Plantillas y macros.