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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 27 Miércoles, 9 de febrero de 2022 Pág. 10254

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2022, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Cervo (expediente 2021/23 ATE).

A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), y en el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la petición de autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de la siguiente instalación eléctrica.

Denominación: cambio de ubicación del CT 11920 Sargadelos y soterramiento de la LAT 20 kV Espiñeirido_1 (VANO 3009993199) V.2.

Solicitante: Begasa.

Domicilio social: Aller Ulloa, 9, 27003 Lugo.

Características técnicas principales:

• Centro de transformación prefabricado Sargadelos, con una potencia máxima de 630 kVA y una potencia instalada de 50 kVA, en el que se instalan dos celdas de línea y una de protección, y relación de transformación de 20.000/400 V.

• Soterramiento de un tramo de la LAT aérea Espiñeirido 1 a 20 kV, de entrada y salida al CT Sargadelos proyectado, con una longitud de 155 m en conductor RHZ1 240 mm, con origen y fin en los apoyos 1 y 2 proyectados, en los que se instalarán conversiones de aéreo a subterránedo. Retensado del conductor existente entre el apoyo 1 proyectado y el apoyo 234824 existente (59 m), y entre el apoyo 2 proyectado y el apoyo 234821 existente de la LAT Espiñeirido 1 (62 m).

• Desmantelamiento del CT 11920 Sargadelos existente y del tramo de la LAT aérea Espiñeirido 1 que se entierra, entre el apoyo 1 y el 2 proyectados.

La declaración de utilidad pública, según lo señalado en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

La relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados que se consideran de necesaria ocupación figura en el anexo que se inserta junto con esta resolución.

Aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones en esta jefatura territorial (edificio administrativo de la Xunta de Galicia en Lugo, Ronda de la Muralla, 70), referidas a las posibles limitaciones a la constitución de la servidumbre de paso de líneas eléctricas (artículo 161 del Real decreto 1955/2000) y aquellas otras que estimen oportunas en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la última publicación o al de la notificación individual.

Durante este plazo se podrá examinar el proyecto de las instalaciones en esta jefatura territorial, de lunes a viernes, entre las nueve de la mañana y las dos de la tarde.

Hasta el mismo momento del levantamiento de las actas previas, los interesados podrán hacer alegaciones por escrito a los únicos efectos de corregir posibles errores que se encuentren al relacionar los bienes y derechos afectados, según dispone el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 27 de junio).

Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos, no se sepa el lugar de notificación, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido realizar, y así dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan, de conformidad con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

Lugo, 31 de enero de 2022

Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo

ANEXO

Nº de finca

Propietario

Parcela

Afección

Políg.

Parc.

Paraje

Cultivo

Apoyo (m2)

LMTS (m2)

CT (m2)

Oc. perm. obra (m2)

Oc. temp. obra (m2)

1

Desconocido

38

657

Monte Sargadelos

Prado

9

25

29

47

87