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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 33 Jueves, 17 de febrero de 2022 Pág. 11691

III. Otras disposiciones

Agencia Instituto Energético de Galicia

RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2022 por la que se modifica la Resolución de 28 de octubre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa de incentivos 6 vinculado a la realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia europeo, financiado por la Unión Europea-NextGeneratiónEU (códigos de procedimiento IN422L e IN422M).

El 9 de noviembre de 2021, la Agencia Instituto Energético de Galicia publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 28 de octubre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa de incentivos 6 vinculado a la realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia europeo (códigos de procedimiento IN422L e IN422M, aprobados por el Real decreto 477/2021, de 29 de junio.

El 30 de septiembre de 2021 se publican en el Boletín Oficial del Estado la Orden HFP 1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, y la Orden HFP 1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público estatal, autonómico y local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de recuperación, transformación e resiliencia (BOE núm. 234).

El sistema tiene como finalidad primordial la búsqueda de la uniformidad y la definición de las reformas e inversiones, hitos y objetivos que integran el Plan de recuperación, transformación y resiliencia, regulando aspectos como la lucha contra el fraude, la corrupción y la identificación de los beneficiarios últimos de las ayudas, así como de los contratistas y subcontratistas.

En este sentido, la Orden HPF 1030/2021, de 29 de septiembre, establece en su artículo 8 la obligación de las entidades decisorias y ejecutoras de incluir en sus respectivas convocatorias de ayudas una serie de requisitos en relación con la identificación de los beneficiarios de estas. Dicho artículo dispone que: «Con la finalidad de dar adecuado cumplimiento al mandato establecido en la letra d) del apartado 2 del artículo 22 del Reglamento (UE) nº 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de recuperación y resiliencia, se configura el siguiente procedimiento de incorporación de información específica: (...)

d) Aceptación de cesión de datos entre las administraciones públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (modelo anexo IV.B).

e) Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que puedan afectar al ámbito objetivo de gestión (modelo IV.C) (...)».

Además, se menciona en la orden la obligación de cumplimentar una declaración de ausencia de intereses (DACI) por los beneficiarios que, dentro de los requisitos de concesión de ayuda, lleven a cabo actividades que presenten un conflicto de intereses potencial que pueda afectar a los intereses financieros de la UE. Anexo III. C.1.b).ii y d).i).B.

El apartado 3.b) del artículo 9 de la Orden 1030/2021, de 29 de septiembre, señala también que: «(...) Del mismo modo, todas las convocatorias, licitaciones, convenios y resto de instrumentos jurídicos, que se desarrollen en este ámbito, deberán contener tanto en su encabezamiento como en su cuerpo de desarrollo la siguiente referencia «Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU».

Por otra parte, el artículo 10 de la Orden 1031/2021, de 29 de septiembre, establece para las entidades ejecutoras del PRTR la obligación de aportar la información sobre la identificación del preceptor de los fondos y, entre otros datos, la fecha de nacimiento, en su caso.

En consecuencia, y para dar cumplimiento a lo establecido en dicha orden, y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y de acuerdo con lo señalado en el Decreto 142/2016, de 22 de septiembre, por el que se modifican las normas reguladoras del Instituto Energético de Galicia y se aprueban los estatutos de la Agencia Instituto Energético de Galicia,

RESUELVO:

Primero. Modificar el título de la Resolución de 28 de octubre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa de incentivos 6 vinculado a la realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia europeo, financiado por la Unión Europea-NextGeneratiónEU (códigos de procedimiento IN422L e IN422M), así como su primer párrafo, que pasa a tener la siguiente redacción:

«Resolución de 28 de octubre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa de incentivos 6 vinculado a la realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (códigos de procedimiento IN422L e IN422M).

Las ayudas de esta convocatoria tienen como objetivo el desarrollo de energías renovables, concretamente el desarrollo de energías renovables térmicas en el sector residencial. Esta convocatoria tiene su encaje en el Programa de incentivos vinculados la instalación de energías renovables térmicas en el sector residencial, aprobado por el Real decreto 477/2021, de 29 de junio, con el objeto de establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en el marco de los objetivos perseguidos el Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU y por el Plan nacional integrado de energía y clima (PNIEC) 2021-2030. Concretamente, estas ayudas encajan en el Programa 6 de este real decreto».

Segundo. Modificar el artículo 8 de la Resolución de 28 de octubre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa de incentivo 6 vinculado a la realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial (códigos de procedimiento IN422M e IN422L), que queda redactado en los siguientes términos:

«1. Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud la siguiente documentación (...):

h) Declaración de compromiso, de cesión y tratamiento de datos y de ausencia de conflicto de interés, en relación con la ejecución y actuaciones del Plan de recuperación, transformación y resiliencia derivada de la Orden HFP 1030/2021, de 29 de septiembre, anexo VIII».

Tercero. Añadir un nuevo anexo VIII a la Resolución de 28 de octubre de 2021, que figura como anexo a la presente resolución y que comprenderá cada una de las declaraciones nominadas, así como la fecha de nacimiento del solicitante o beneficiario.

Cuarto. Esta orden será también aplicable a las solicitudes de ayudas que ya estuviesen presentadas a su entrada en vigor.

Para estos casos, en el supuesto de que se conceda la ayuda, los beneficiarios deberán presentar dicha declaración en la fase de justificación de la ayuda junto con el resto de documentación exigida en el artículo 20 de la convocatoria.

Quinto. Esta modificación entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 9 de febrero de 2022

Paula María Uría Traba
Directora de la Agencia Instituto Energético de Galicia

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