Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 37 Miércoles, 23 de febrero de 2022 Pág. 12893

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

CORRECCIÓN DE ERRORES. Orden de 30 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios del período 2014-2020 cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el ejercicio presupuestario de 2022 (código de procedimiento MR340A).

Advertido error en la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 25, del día 7 de febrero de 2022, procede hacer la siguiente corrección:

En la página 7849, el artículo 11 (Tramitación de las solicitudes), donde dice:

«3. No obstante lo dispuesto en el punto anterior de este artículo, en el caso de las solicitudes para subvenciones, con o sin garantías para préstamos, dada la naturaleza de su procedimiento de selección como de concurrencia competitiva, no será susceptible de subsanación la presentación fuera del plazo indicado en la convocatoria de la siguiente documentación, considerada como mínimo imprescindible para la tramitación de la solicitud de ayuda:

a) Anexo A1 de solicitud de la ayuda.

b) Anexo A2 de memoria cubierto adecuadamente y que incluya, en particular, la relación pormenorizada de las inversiones previstas con su importe señaladas en su apartado 10».

Debe decir:

«3. No obstante lo dispuesto en el punto anterior de este artículo, en el caso de las solicitudes para subvenciones, con o sin garantías para préstamos, dada la naturaleza de su procedimiento de selección como de concurrencia competitiva, no será susceptible de subsanación la presentación fuera del plazo indicado en la convocatoria de la siguiente documentación, considerada como mínimo imprescindible para la tramitación de la solicitud de ayuda:

a) Anexo A1 de solicitud de la ayuda.

b) Anexo A2 de memoria cubierto adecuadamente y que incluya, en particular, la relación pormenorizada de las inversiones previstas con su importe señaladas en su apartado 9».