Advertido error en la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 25, del día 7 de febrero de 2022, procede hacer la siguiente corrección:
En la página 7849, el artículo 11 (Tramitación de las solicitudes), donde dice:
«3. No obstante lo dispuesto en el punto anterior de este artículo, en el caso de las solicitudes para subvenciones, con o sin garantías para préstamos, dada la naturaleza de su procedimiento de selección como de concurrencia competitiva, no será susceptible de subsanación la presentación fuera del plazo indicado en la convocatoria de la siguiente documentación, considerada como mínimo imprescindible para la tramitación de la solicitud de ayuda:
a) Anexo A1 de solicitud de la ayuda.
b) Anexo A2 de memoria cubierto adecuadamente y que incluya, en particular, la relación pormenorizada de las inversiones previstas con su importe señaladas en su apartado 10».
Debe decir:
«3. No obstante lo dispuesto en el punto anterior de este artículo, en el caso de las solicitudes para subvenciones, con o sin garantías para préstamos, dada la naturaleza de su procedimiento de selección como de concurrencia competitiva, no será susceptible de subsanación la presentación fuera del plazo indicado en la convocatoria de la siguiente documentación, considerada como mínimo imprescindible para la tramitación de la solicitud de ayuda:
a) Anexo A1 de solicitud de la ayuda.
b) Anexo A2 de memoria cubierto adecuadamente y que incluya, en particular, la relación pormenorizada de las inversiones previstas con su importe señaladas en su apartado 9».